Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/6/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

CONTRATO
NUEVO

CONCORDIA
MONTE PILONE LITORAL S.R.L.
Por resolución del Sr. Director de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un 1 día en el Boletín Oficial:
Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Socios: Fernando de Zabalía, DNI Nº 29.060.508, CUIT Nº 20-29060508-4, nacido el 11.10.1981, soltero, argentino, de profesión Empresario, con domicilio en calle Bascary de la ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán; Alfredo Anibal Alfieri, DNI Nº 20.178.591, CUIT Nº 20-20178591-0, nacido el 22.04.1968, casado, argentino, de profesión Empresario, con domicilio en calle Mendoza y Canal del Sur de la ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán, y Rodrigo Alfredo Jofré Díaz, DNI Nº 93.908.189, CUIT Nº 20-93908189-6, nacido el 21.02.1971, soltero, chileno, de profesión Empresario, con domicilio en calle Avenida San Lorenzo Nº 225 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.
Denominación: MONTE PILONE LITORAL
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
Domicilio de la Sociedad: Estancia Grande
Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos, República Argentina.
Plazo de duración: 99 años desde la inscripción.
Objeto Social: tiene por objeto la realización por cuenta propia o de terceros, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina las siguientes actividades:
aLa realización de trabajos agrícolas, obras civiles, asesoramientos, prestación de servicios de cualquier tipo, administración, mandatos o gerenciamientos referidos a las actividades agropecuarias o vinculadas a la misma. La prestación de servicios de cosecha y siembra sin limitaciones.
bLa actividad agropecuaria en todos sus aspectos o manifestaciones, mediante la explotación agrícola, ganadera, avícola, forestal o cualquier otra forma o modalidad de la misma, ya sea en campos propios o de terceros, como asimismo la comercialización, transformación y/o industrialización de los frutos o productos obtenidos por dicha actividad.
cLa venta y/o locación y/o cualquier otra figura legal para el suministro de insumos y/o equipos agropecuarios o que puedan prestar un servicio para dicha actividad.
dLa explotación de mini service, supermercados, fraccionamiento de productos y toda otra actividad relacionada con la compra venta de mercaderías, comestibles y muebles en general.
eLa realización de trabajos de limpieza de Oficinas, Edificios y establecimientos fabriles.
fEl desarrollo de Auditorias, Dictámenes técnicos y Consultorías en Riesgos Laborales.
gOrganización de Espectáculos Públicos.
hParticipar en licitaciones públicas nacionales, provinciales o municipales como proveedor de bienes y servicios. A los fines del cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos permitidos, con la única limitación que surja de este contrato y de la Ley.
Capital social: suscripto: pesos cien mil $
100.000.-, integrado: pesos veinticinco mil $
25.000.-.
Representación del Capital: 100 cuotas sociales de $ 1.000 cada una.
Aportes dinerarios: la integración se realiza con dinero en efectivo.
Aportes no dinerarios: no constan Aportes de Bienes Registrables: no constan
Administración y representación legal: la administración y representación legal de la sociedad será ejercida por uno o dos gerentes, socios o no. Designase como gerente al socio Rodrigo Jofré Díaz, por tiempo indeterminado.
Su mandato cesará por decisión de la mayoría simple de socios. Queda expresamente prohibida la utilización de la firma social en operaciones ajenas a su objeto, prestaciones gratuitas o a favor personal o de terceros.
Atribuciones y deberes de los gerentes: A los efectos de cumplir con los fines previstos, la sociedad podrá realizar todos los actos tendientes al objeto social, intervendrá en todas las operaciones bancarias, aperturas de cuentas corrientes, depósitos, extracción de fondos, solicitud de créditos; con la única limitación de no comprometer la firma en negocios ajenos al giro comercial. El mandato del administrador comprende la más amplia capacidad para realizar toda clase de operaciones que forman el objeto social y además: a Adquirir por cualquier título oneroso o gratuito tosa clase de bienes inmuebles, urbanos, o rurales, semovientes, créditos, acciones, derechos y títulos de renta y enajenarlos con derecho real de prenda comercial o civil, agraria o industrial, hipotecar o cualquier otro derecho real, pactando en todos los casos la forma de pago del precio, y tomar y dar la posesión de los bienes materia del acto o contrato de compra-venta;
b Dar o tomar bienes en locación, renovar o prorrogar, transferir o rescindir los mismos; c Contraer toda clase de obligaciones celebrando por los mismos todo tipo de contratos; d Aceptar y ejercer mandatos; e Constituir depósitos de dinero o valores en establecimientos comerciales, bancarios y extraer total o parcialmente los mismos; f Tomar dinero prestado en cualquier institución bancaria, comercial o particular, ya sea público o privado, sujetándose a las disposiciones, leyes y/o decretos que rijan al efecto; librar, aceptar, endosar, descontar, cobrar, enajenar, ceder y negociar todo tipo de valores y cualquier tipo de obligaciones o documentos de créditos o privados, con o sin garantía, hipotecaria, prendaria o personales; solicitar créditos públicos o privados;
g Comparecer en juicios ante los Tribunales de cualquier foro o jurisdicción, por sí o por medio de apoderados, con facultad para promover o contestar demandas de cualquier naturaleza, declinar o prorrogar la jurisdicción, poner o absolver posiciones, y producir todo género de pruebas e informaciones, comprometer en árbitros, prestar juramentos, exigir fianzas, cauciones, arraigos, aceptar sindicaturas en las quiebras o concurso de deudores sociales, interponer recursos legales o renunciarlos; solicitar embargos preventivos o definitivos e inhibiciones y sus cancelaciones; percibir y otorgar recibos de pagos; conferir y revocar poderes especiales o generales; formular protestas y protestos, presentar ante las autoridades nacionales, provinciales o municipales, Ministerios Públicos, Caja de Jubilaciones y Pensiones, Ministerio de Trabajo, Dirección General de Rentas, Dirección General Impositiva, Dirección Provincial del Trabajo de la Provincia y sus delegaciones, Registro de la Propiedad; firmar las escrituras públicas o privadas que sean necesarias para el cumplimiento del objeto social en un todo de acuerdo con las disposiciones del Código Civil y Ley de Sociedades Comerciales, y cuantos más actos sean necesarios para el mejor desempeño del presente.
Fecha de cierre del ejercicio: el 31 de Octubre de cada año.
Registro Público de Comercio DIPJ, Paraná, 6 de junio de 2013 José L. Nani, abogado DIPJ
F.C.S. 00092537 1 v./13.6.13

Paraná, jueves 13 de junio de 2013

SUMARIO
LEYES
Año 2013
10217, 10218
DECRETOS
Año 2013
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios 1034, 1035, 1036, 1037, 1038, 1039, 1040, 1063, 1064, 1065, 1066, 1096, 1097, 1098
Ministerio de Trabajo 1017, 1041, 1103, 1104, 1105, 1106, 1107
Ministerio de Turismo 955, 1042
RESOLUCIONES
Año 2013
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 107
Consejo de la Magistratura de Entre Ríos 542
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/6/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data13/06/2013

Conteggio pagine20

Numero di edizioni4785

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione11/07/2024

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