Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/2/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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nistración de este Ministerio, a abonar al Instituto Autárquico Provincial del Segurola suma de $ 82.239,72 en virtud de lo aprobado en la presente resolución. RESOLUCION Nº 273 MS
Paraná, 2 de marzo de 2012
Aprobando el pliego de condiciones técnicas y los requerimientos generales -obrantes de fs.
36 a 40 de autos, para la adquisición de elementos de computación, adjuntados por la Dirección General de Informática de la Provincia, y pliego de condiciones particulares obrante a fs. 54, cuyo llamado a solicitud de cotizaciones se autorizó mediante Resolución Nº 7828/11
MS.Aprobando la solicitud de cotizaciones Nº 93/11 MS, con destino a la adquisición de 8
equipos informáticos con sus respectivos estabilizadores de tensión y 8 impresoras láser monocromo marca HP Láser P 1102 destinados al Área Farmacia del Hospital San Martín de Hernandarias y distintas dependencias del Nivel Central del Ministerio de Salud, por la suma total de $ 32.790,24.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 -tuo Decreto Nº 404/95 MEOSP -Art. 26
-Inc. B -concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP -Título IV - y Decretos Modificatorios Nºs. 5526/07 y 1755/11 ambos MEHF.Desestimando las ofertas base de la firma Sonotest de Luis Prevedel de esta ciudad, por no cumplir pliego técnico no cumple bandeja prioritaria de 10 hojas.Declarando desierto el Renglón N 4 - 2 computadoras notebook, 15,6" 13 4GB 320GB, por no recibir ofertas.Adjudicando la provisión del equipo informático requerido en autos, de la siguiente manera:
Firma Sonotest de Luis Prevedel de esta ciudad Renglón N 1 - 8 computadoras personales marca ST con intel E5700 2GB -DDR 3 - 320GB
disco mother asrock placa gigabait integrada monitor Led Samsung S19A300B mouse y teclado genius WIN 7 professional OEM 32 BITS
con licencia propuesta alternativa $ 26.280.Firma Insumos Paraná de Novatti Carlos Marcelo y Felgueres Néstor ASH de esta ciudad Renglón N 2 - 8 estabilizadores de tensión 1000 VA marca surelectric $ 726,48.Renglón Nº 3 - 8 impresoras láser monocromo 5000 ppm marca HP modelo láser P 110
2W $ 6.510,24.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, para que abone a favor de las firmas que han resultado adjudicadas en la presente resolución, las sumas que correspondan, por un monto total de $
32.790,24 previa presentación de las facturas correspondientes debidamente conformadas. RESOLUCION Nº 274 MS
Paraná, 2 de marzo de 2012
Autorizando a la Dirección General de Administración Departamento Contrataciones Jurisdiccional, para que por su intermedio efectúe un llamado a solicitud de cotizaciones, para la adquisición de 25 equipos de trabajo y calzado para uso del personal de mantenimiento que se desempeña en la órbita de éste Ministerio, la suma aproximada a invertir asciende a la suma de $ 11.750.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 -tuoDecreto N 404/95 MEOSP - Art. 26
- Inc. B - concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96 MEOSP -Título IV y Decretos Ns. 3521/09 y 1755/11 ambos MEHF. RESOLUCION Nº 275 MS
Paraná, 2 de marzo de 2012
Dejando sin efecto la responsabilidad asignada a la Dra. María Fernanda Laloza, MI N
20.254.182, mediante Resolución N 1117 SS
de fecha 13.04.10.-

BOLETIN OFICIAL
Autorizando al Dr. Alfredo Benítez, MI N
17.426.050, a movilizar los fondos en el Nuevo Banco de Entre Ríos SA Sucursal Ramírezdel Centro de Salud San Pedro de Colonia San Pedro -Dpto. Federación, en mérito de lo expuesto precedentemente. RESOLUCION Nº 276 MS
Paraná, 2 de marzo de 2012
Dejando sin efecto la responsabilidad asignada a la Dra. María Fernanda Laloza, MI N
20.254.182, mediante Resolución N 4802 SS
de fecha 11.11.08.Autorizando al Dr. Marco Andrés Rigoni, MI
Nº 22.246.298, a movilizar los fondos en el Nuevo Banco de Entre Ríos SA -Sucursal Chajarídel Centro de Salud Colonia Alemana de Colonia Alemana -Dpto. Federación, en mérito de lo expuesto precedentemente. RESOLUCION Nº 277 MS
Paraná, 2 de marzo de 2012
Ratificando la Disposición Interna N 52/11
DAM, mediante la cual se autoriza al Sr. Director Dr. Armando José Benítez - MI Nº 10.646.717 a movilizar los fondos de las cuentas corrientes bancarias del Hospital San José de San José - Departamento Colón, a partir del 21.06.2011 y mientras dure su función, en mérito de lo expuesto precedentemente. RESOLUCION Nº 278 MS
Paraná, 2 de marzo de 2012
Haciendo un llamado de atención a la Directora Técnica Claudia Roxana Wiliezko, MP N
414, MI N 17.731.008 y a sus propietarios Farmacéutico Pablo Javier Bruno, MP N 632, MI N 21.695.436 y María Milagros Airaldi, MI
N 22.690.429, a fin de que en lo sucesivo tomen los recaudos necesarios para el correcto cumplimiento de los turnos programados en un total acuerdo con Art. 81 y concordantes de la Ley 3818 modificada por la Ley 9817 y Resolución N 5078/09, esto es cartel visible y colocado de manera que no pueda ser sacado desde el exterior de la farmacia de turno, ventanilla de tamaño adecuado para la dispensa de medicamentos, llamador; al corroborar incumplimiento en las constataciones que realice el Departamento Integral del Medicamento de este Ministerio de Salud, o de recibirse y/o comprobarse nuevas denuncias, las mismas serán pasibles de las sanciones correspondientes.Comunicando de lo actuado a la Sra. Rosa Haydeé Goette, MI N 3.005.890, domiciliada en calle Paraná N 642 de la ciudad de Crespo.Cumplimentado lo expuesto precedentemente, poner en conocimiento al Colegio de Farmacéuticos de Entre Ríos para los trámites que estime corresponder.
RESOLUCION Nº 279 MS
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 2 de marzo de 2012
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales los abogados Darío Quiroga y Aranzazú Quiroga representantes legales de la Sra. Irma Yolanda Solaro, interpone Recurso de Apelación Jerárquica contra la Resolución Nº 1979 SS de fecha 4.06.08 de la Secretaría de Salud mediante la cual se denegó su reclamo de pago del Adicional por Responsabilidad Funcional; y CONSIDERANDO:
Que la Resolución impugnada fue notificada personalmente a la recurrente en fecha 04.07.08, conforme surge de fs. 22 vta. de autos, atento a lo cual y considerando que el remedio recursivo ha sido impetrado el 10.07.08 es dable tenerlo como articulado en término, de acuerdo a lo dispuesto en el Art.
61º de la Ley 7060;
Que las actuaciones tuvieron origen en el reclamo administrativo que efectuara la agente Solaro, Irma Yolanda, Legajo N 30.473 perte-

Paraná, lunes 18 de febrero de 2013
neciente al escalafón enfermería, por el cual solicitaba se le abone el Adicional por Responsabilidad Funcional con fundamento en que se le encargaron las funciones de Directora del Centro de Salud Estanislao Zeballos de Paraná, mediante Disposición Interna Nº 1 DASP
de fecha 01.01.06, la que fue ratificada por Resolución N 2963/06 SS de fecha 08.06.06;
Que dicha petición fue resuelta negativamente por medio de la Resolución Nº 1979/08 SS, hoy puesta en crisis con el argumento de que lo solicitado no poseía sustento legal;
Que paralelamente, mediante Decreto Nº 5981/07 MSAS, el Sr. Gobernador de la Provincia designa a la Sra. Solaro, interinamente, en el cargo de Directora del Centro de Salud Estanislao Zeballos de Paraná, a partir de la fecha de la emisión del Decreto, es decir desde el 11.11.07, fecha a partir de la cual, según los propios dichos de la recurrente, percibió el Adicional objeto de reclamo;
Que en fecha 01.04.10 la interesada se acogió al beneficio de la Jubilación ordinaria, por lo que se encuentra disuelto el vínculo de empleo público que la uniera al Estado;
Que analizando los agravios expuestos, surge que el objeto del presente recurso se circunscribe a que se revoque la resolución impugnada y consecuentemente se haga lugar a las acreencias que se adeuden sobre los rubros remunerativos en que dicho emolumento incide, por un período cerrado que va entre el 11.01.06 y el 11.10.07, con más los intereses legales, puesto que a partir de dicha fecha lo percibió hasta su jubilación;
Que en primer lugar se sostiene que el acto atacado, al rechazar su pretensión, viola principios generales del derecho como el enriquecimiento sin causa y garantías establecida en la Carta Magna, argumentando que la propia administración le reconoce las funciones de directora mediante el dictado de la disposición interna Nº 1 DAPS y su Resolución ratificatoria, funciones que desempeñó desde entonces, 11.01.06, cumpliendo una tarea de mayor jerarquía, configurándose la figura del empleo útil Art. 2309 y ccdts. del CC generándole un perjuicio patrimonial al no obtener una retribución justa por ello, con el correlativo enriquecimiento sin causa para el Estado agregando además que la asignación de funciones de Directora reconoció en la Sra. Solaro el nacimiento de derechos subjetivos que se incorporaron a su patrimonio Art. 17 CN mencionando el derecho a trabajar y a una retribución justa Art. 14º y 14bis;
Que la norma legal vigente al momento de la asignación de funciones jerarquizadas en cabeza de la ex agente, era la Ley N 9190, B.O.
21.01.99, Carrera Profesional Hospitalaria, norma que comprendía a los profesionales de la salud exclusivamente enumerados en el Art.
1, determinando concretamente en su Art. 12
las funciones jerarquizadas a las que podría accederse y en el Art. 16º d. 5. las condiciones legales para acceder al cargo de Director, surgiendo que la designación interina de la ex agente, al frente de la Dirección del Centro de Salud Estanislao Zeballos de Paraná, operada por Decreto Nº 5981/07 MSAS, no habría respetado el marco legal vigente, en la medida que la agente perteneciente al Escalafón Sanidad de la Carrera Provincial de Enfermería, Tramo B reubicada por Decreto Nº 7252/04 no estaría en una situación de revista que le hubiera permitido acceder a dicho cargo, ni aún de modo interino;
Que en virtud de lo antes expuesto, todos los antecedentes que invoca la parte en sustento de su presunto derecho adquirido resultan, por las razones expuestas, faltos de todo mérito para ser invocados a su favor atento a que su situación prima facie irregular, que generó prestaciones ya cumplidas a partir de la designación y hasta la jubilación y teniendo en cuenta especialmente este último hecho, es decir que se ha consolidado, a la fecha, su status de

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/2/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data18/02/2013

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4793

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione23/07/2024

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