Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/1/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

10 días, comparezcan por ante el Municipio y lo acrediten.
San José de Feliciano ER, 10 de diciembre de 2012 - Silvia de. C. Moreno, presidenta municipal.
F.C.S. 00088971 3 v./30.1.13

DESADJUDICACION
NUEVA

PARANA
INSTITUTO AUTARQUICO DE
PLANEAMIENTO Y VIVIENDA ENTRE RIOS
Mediante el presente se comunica a los Sres.
Caracciolo M. Saveria, MI Nº 734.435, Leissa J. Roberto, MI Nº 5.874.892, Leissa R. Alfredo, MI Nº 5.879.147, Leissa S. Graciela, MI Nº 5.074.168, Leissa R. José, MI Nº 8.440.617 y Leissa M. Raquel, MI Nº 6.253.732, que en el Expediente Nº 55435-141947-12, ha recaído la Resolución de Directorio IAPV Nº 2141, de fecha 21 de diciembre de 2012, la cual dispone:
Autorizar al Area Procuración Judicial a iniciar las pertinentes acciones extrajudiciales y/o judiciales, tendientes a la rescisión del contrato de compraventa y proceder a la desadjudicación de la vivienda Nº 17, manzana 3 del Grupo Habitacional Gualeguaychú CGT 145
Viviendas, que fue adjudicada y vendida a los Sres. Caracciolo M. Saveria, MI Nº 734.435, Leissa J. Roberto, MI Nº 5.874.892, Leissa R.
Alfredo, MI Nº 5.879.147, Leissa S. Graciela, MI Nº 5.074.168, Leissa R. José, MI Nº 8.440.617 y Leissa M. Raquel, MI Nº 6.253.732.
F. 00013139 3 v./1.2.13

MODIFICACION DE CONTRATO
NUEVO

FEDERACION
FABRELLO Y CIA. SRL
Por resolución del Director de Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, publíquese por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
SOCIEDAD: FABRELLO Y CIA SRL, inscripta el 23 de junio del año 2004, en el Registro Publico de Comercio, bajo el Nº 324, Sección Legajo Social, con domicilio legal en calle Belgrano Nº 758 de la ciudad de Chajarí, Departamento Federación, de la Provincia de Entre Ríos En la ciudad de Chajarí, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil doce, se resuelve modificar y remplazar las cláusulas PRIMERA, CUARTA y QUINTA del contrato social que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción:
PRIMERA: Domicilio: La sociedad girara bajo la denominación de FABRELLO y CIA SRL y tendrá domicilio legal y sede social, en Ruta Provincial Nº 2 s/n, chacra Nº 182, fracción 1, ejido de Chajarí, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos, pudiendo trasladarlo, establecer sucursales, agencias, locales de venta, escritorios, depósitos, en cualquier lugar del país o del extranjero.
CUARTA: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos trece mil $ 13.000,00 divididos en cien 100 cuotas de pesos ciento treinta $ 130,00 cada una, íntegramente suscriptas e integradas por los socios en la siguiente proporción: 1 El señor Julio Elías FABRELLO, veinticinco 25 cuotas de pesos ciento treinta $ 130,00 cada una, que representan la suma de pesos tres mil doscientos cincuenta $ 3.250,00; 2 La señora Rosa Brunilda PERCARA, veinticinco 25 cuotas de pesos ciento treinta $ 130,00 cada una, que
representan la suma de pesos tres mil doscientos cincuenta $ 3.250,00; 3 La señora Soledad Andrea FABRELLO, veinticinco 25 cuotas de pesos ciento treinta $ 130,00 cada una, que representan la suma de pesos tres mil doscientos cincuenta $ 3.250,00; 4 El señor Cristian Gastón PIZZIO, veinticinco 25 cuotas de pesos ciento treinta $ 130,00 cada una, que representan la suma de pesos tres mil doscientos cincuenta $ 3.250,00.
La sociedad podrá aumentar el capital indicado, mediante la Asamblea de Socios, que requerirá para su aprobación el voto favorable de más de la mitad del capital. La misma Asamblea fijará el monto y los plazos para su integración.
QUINTA: Dirección y Administración: La Administración y Dirección de la sociedad estará a cargo de los socios, Julio Elías FABRELLO y Cristian Gastón PIZZIO, quienes indistintamente desempeñarán el cargo de socio gerente, quienes con su sola firma podrán obligar a la sociedad en operaciones que se relacionen con el giro social, quedando prohibido comprometerla en fianzas a favor de terceros. El administrador obligara a la Sociedad conforme los artículos 58 y 59 de la Ley 19.550.
Para los fines sociales, el gerente podrá:
a Operar con toda clase de bancos y/o cualquier otra clase de entidad crediticia o financiera de cualquier índole, oficiales, mixtos y privados, creados o a crearse y en especial con el Banco de la Nación Argentina, Nuevo Banco de Entre Ríos S.A., Banco Macro S.A., Banco de la Provincia de Corrientes S.A., estando facultados para solicitar y percibir créditos o préstamos, abrir, manejar, cerrar y clausurar cuentas corrientes y de cualquier naturaleza, librar, aceptar, endosar y transferir por cualquier título, cheques, pagarés, cupones, letras de cambio y otros papeles de comercio o civiles, girar en descubierto hasta los límites generales, especiales y/o extraordinarios autorizados, hacer manifestaciones de bienes, otorgar poderes especiales y generales y revocarlos con facultad para absolver posiciones, declinar competencia, allanarse, percibir y dar recibos, acordar quitas y esperas, renunciar a recursos y prescripciones adquisitivas, aceptar daciones en pagos, desistir, siendo estas facultades meramente enunciativas y no limitativas.;
b Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellas fueren;
c Tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos transaccionales y celebrar contratos de locación y rescindirlos y otros contratos de cualquier naturaleza;
d Realizar todos los actos previstos en el Art. 1881 del Código Civil y Art. 9 del Decreto Ley 5965/63, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa no limitativa. La Sociedad será representada por los socios gerentes en forma personal ante las reparticiones nacionales, provinciales o municipales, incluso ante la Dirección General Impositiva, Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, Secretarias del Estado, Tribunales, o ante cualquier repartición. Queda expresamente prohibido utilizar la firma social para actos a título gratuito, comprometer a la Sociedad para negocios o fianzas personales o de terceros ajenos a la Sociedad.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 24 de enero de 2013 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00088984 1 v./29.1.13

Paraná, martes 29 de enero de 2013

SUMARIO
DECRETOS
Año 2012
Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones 4278, 4279, 4402, 4406, 4425
Ministerio de Cultura y Comunicación 4427, 4468, 4469, 4470, 4471, 4472, 4473, 4474, 4475, 4476, 4486
Ministerio de Desarrollo Social 4447, 4448, 4462
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 324, 2755
RESOLUCIONES
Ministerio de Salud Año 2011
258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283, 300, 301, 302, 303, 304, 305, 306, 307, 308, 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319, 320, 321, 322, 323, 324, 325, 326, 327, 328, 329
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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MIGUEL LUIS MONTENEGRO
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Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/1/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data29/01/2013

Conteggio pagine18

Numero di edizioni4796

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione26/07/2024

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