Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/12/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 7 de diciembre de 2012
y calefacción, equipos, accesorios, repuestos y elementos de refrigeración y calefacción en general, muebles e instalaciones de oficina, equipamiento de oficinas y accesorios de oficina en general, al por mayor y/o menor;
e Adquisición, transmisión a título oneroso de cosas muebles e inmuebles, de derecho sobre ellas bien sea en el estado en que se adquieren o después de darle otra forma de mayor o menor valor, pudiendo importar y exportar todo lo relacionado con el objeto social pudiendo desarrollarse las actividades en el mercado interno o externo, pudiendo financiar con excepción de las modalidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, al por mayor o por menor.
f Podrá realizar la compraventa, consignación permuta, distribución, importación de automotores, acoplados, motores, bicicletas, lanchas y rodados en general, nuevos o usados, repuestos y accesorios automotrices y la reparación de vehículos automotores y acoplados, sus partes y accesorios.g Explotar comercialmente y o administrar fondos de comercio y/o patrimonios de afectación que sean compatibles con las actividades descriptas en los puntos anteriores, así como constituirse en Fiduciario de los bienes que le fueran fideicomitidos.
Capital social: El capital social es de pesos cien mil $ 100.000 dividido en Un mil 1000
cuotas iguales de $ 100 pesos cien cada una, suscriptas en su totalidad por los socios.Administración y representación legal: La administración de la sociedad será ejercida por una o más personas, socias o no, en calidad de Gerente/s, quién/es ejercerá/n la representación legal y uso de la firma social en forma individual. Su designación será resuelta por acuerdo con el voto favorable de socios que representen como mínimo más de la mitad del capital social, y deberá ser comunicada al Registro Público de Comercio del domicilio social. Su duración en el cargo continuará hasta que sea nombrado un reemplazante o por renuncia al mismo.Fecha de cierre del ejercicio económico: El ejercicio económico cerrará el 30 de Junio de cada año.Suscripción e integración del capital: capital social es de pesos cien mil $ 100.000 dividido en Un mil 1000 cuotas iguales de $ 100 pesos cien cada una, suscriptas en su totalidad por los socios en las siguientes proporciones:
el Sr. Elvio Raúl ACOSTA, la cantidad de quinientas 500 cuotas, por la suma de pesos cincuenta mil $ 50.000; y el Sr. Daniel Aníbal LOPEZ, la cantidad de quinientas 500 cuotas, por la suma de pesos cincuenta $ 50.000.
El 25% del capital, o sea la cantidad de pesos veinticinco mil $ 25.000 es integrado en este acto en dinero en efectivo, por Elvio Raul Acosta y por Daniel Aníbal López, por partes iguales. El resto del capital será integrado por los socios en un plazo de dos años.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 29 de noviembre de 2012 - José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00088306 1 v./7.12.12
CARAMAGNA SRL
Por resolución del señor Director de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar el presente por un 1 día en el Boletín Oficial.Fecha del contrato social: 5 de abril del 2010.
Denominación: INMOBILIARIA CARAMAGNA SRL.
Socios: Antonio Alejandro Caramagna, argentino, soltero, DNI 18.549.341, Martillero Público Nacional y Corredor Inmobiliario, con domicilio en calle Urquiza Nº 207 de Paraná, y María Victoria Caramagna, argentina, casada, DNI 20.620.043, Martillera Pública Nacional y corredor Inmobiliario, con domicilio en calle Urquiza Nº 207 de Paraná.
Capital: $ 50.000 representado por 5.000

BOLETIN OFICIAL
cuotas sociales de $ 10; el socio Antonio Alejandro Caramagna suscribe e integra 4.000
cuotas sociales y la socia María Victoria Caramagna suscribe e integra 1.000 cuotas sociales.
Objeto: inmobiliario, construcción, asesoramiento, consultoría y servicios.
Plazo: 50 años desde la inscripción registral.
Domicilio: en la jurisdicción de la provincia de Entre Ríos, sede social en calle Urquiza Nº 201
de Paraná.
Organo de representación y administración:
gerencia a cargo del socio Antonio Alejandro Caramagna, por tiempo indeterminado.
Fecha de cierre de ejercicio 30 de junio de cada año.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 4 de diciembre de 2012 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00088311 1 v./7.12.12
LA CASA DEL ACEITE SRL
Por autorización del Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos, se ha dispuesto la publicación del siguiente edicto:
En la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, a los 19 días del mes de Octubre del año dos doce, reunidos los señores: SERGIO ALBERTO DEL RIO DNI Nº 17.044.326, CUIT Nº 20-17044326-9, argentino, de profesión Comerciante, de estado civil casado, y ROSA
LUCRECIA GAREIS, DNI Nº 20.554.806, CUIL
Nº 27-20554806-3, argentina, de profesión Docente, de estado civil casada, ambos cónyuges en primeras nupcias entre sí y domiciliados en calle Arroyo Cazuelas Nº 3141, de la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, convienen en celebrar el siguiente Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada, de acuerdo a las siguientes cláusulas y lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales.Denominación: La sociedad girará bajo la denominación LA CASA DEL ACEITE SRL, teniendo su domicilio legal Supremo Entrerriano Nº 396 en jurisdicción de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos.Objeto social: Tiene por objeto, la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero de las siguientes actividades:
Prestación de Servicios: Prestación de servicio de lubricentro, mecánica, alineado, balanceo, mantenimiento, limpieza integral y actividades afines a vehículos automotores, ciclomotores, buses, camiones, maquinarias agrícolas y demás vehículos en general; incluyendo: servicios de cambio de aceite, engrase, service general, service oficial, reparación y mantenimiento en general y demás actividades afines.
Comerciales: La compraventa, importación, exportación, consignación, fraccionamiento, y/o distribución de maquinarias, herramientas, accesorios, insumos, repuestos nuevos o usados de vehículos, y cualquier otro elemento principal, supletorio o complementario.
Mandatos: Ejercer la representación de terceros, ya sea personas físicas y/o jurídicas, nacionales o extranjeras, en toda clase de gestiones comerciales y/o financieras y/o inmobiliarias, comisiones, aceptar o acordar regalías, podrá otorgar representaciones, distribuciones y franquicias dentro o fuera del país; y mandatos relacionados con las actividades precedentemente detalladas, Podrá presentarse en licitaciones públicas o privadas, en el orden Nacional, Provincial o Municipal, intermediación en la comercialización de carburantes y lubricantes.
Inmobiliaria: La empresa podrá comprar, vender, arrendar, permutar, lotear y subdividir, administrar, fraccionar inmuebles urbanos y rurales, incluso todas las operaciones en las leyes reglamentarias sobre inmuebles, necesarias para el cumplimiento de su objeto y que no requieran por la normativa vigente, profe-

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sión, objetivo único y específico, todo ello para el logro de su objeto social.
Financieras: Mediante aportes de capitales a sociedades o empresas constituidas para operaciones realizadas o a realizarse, préstamos a intereses y financiaciones y créditos. Se excluyen aquellas operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y las que requieran el concurso público.
La sociedad podrá establecer sucursales, locales de venta, depósitos. En cualquier lugar del país y del extranjero, asignándole o no capital para su giro comercial.PLAZO: El término de duración de la sociedad será de Diez años desde la fecha de su inscripción en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas.Capital: El capital social se fija en la suma de pesos cien mil $ 100.000, divididos en cien 100 cuotas sociales, iguales de pesos mil $
1000 cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios en las siguientes proporciones:
A SERGIO ALBERTO DEL RIO, suscribe el setenta por ciento 80% de las cuotas sociales, o sea ochenta 80 cuotas, por la suma de pesos ochenta mil $ 80.000, integrando en efectivo el veinticinco por ciento 25% del capital suscripto y el setenta y cinco por ciento 75% restante, será integrado dentro de los dos años contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad.
B ROSA LUCRECIA GAREIS, suscribe el veinte por ciento 20% de las cuotas sociales, o sea, veinte 20 cuotas, por la suma de pesos veinte mil $ 20.000, integrando en efectivo el veinticinco por ciento 25% del capital suscripto y el setenta y cinco por ciento 75% restante, será integrado dentro de los dos años contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad.
El capital social podrá incrementarse cuando se estime procedente mediante cuotas suplementarias de capital, la reunión de socios aprobará las condiciones de aumento en cuanto a monto y plazo de integración. Al incrementarse el capital, se guardará la proporción de cuotas inicial.-Representación: La administración, representación y uso de la firma social, estará a cargo de La Gerencia, la cual será ejercida por uno o más gerentes, socios o no. Los gerentes serán designados mediante aprobación de la mayoría simple del capital presente en la reunión de socios y durarán en su cargo, hasta que la reunión de socios le revoque el mandato con igual mayoría que la requerida para su elección. En este acto los socios acuerdan designar como gerente al socio SERGIO ALBERTO DEL RIO, CUIT 20-170443269, quien acepta el cargo. El gerente queda facultado para realizar todos los actos tendientes al cumplimiento del objeto social.
Queda absolutamente prohibido al gerente emplear o comprometer la firma social en prestaciones a título gratuito, garantías o fianzas sin previo consentimiento social, decidido por mayoría absoluta del capital.Las resoluciones sociales se tomaran por mayoría que represente más de la mitad del capital social. Las asambleas de socios se reunirán cada vez que lo considere conveniente la gerencia o a pedido de los socios que representen el cinco por ciento del capital social. Dichas resoluciones deben ser asentadas en el libro de Actas respectivo que establece el Art. 73 de la Ley de Sociedades.Cierre de ejercicio: El ejercicio social cerrara el día 31 de octubre de cada año, a cuya fecha se confeccionara el balance general que se pondrá a disposición de los socios con no menos de quince días de anticipación a su consideración.Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 29 de noviembre de 2012 - José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00088316 1 v./7.12.12

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/12/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data07/12/2012

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4782

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione05/07/2024

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