Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/10/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

endosables Ley Nº 24587, con derecho a un voto cada una y de valor nominal pesos uno $ 1, por acción.
Administración y representación: directorio compuesto del número de miembros que fije y designe la asamblea, entre un mínimo de dos y un máximo de cuatro miembros titulares con mandato por dos 2 ejercicios. La asamblea podrá designar suplentes en igual número que los titulares por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección.
La permanencia del director será de un plazo fijado por la asamblea entre un mínimo de tres y un máximo de cinco ejercicios de sus funciones, los que podrán ser reelegidos.
Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura la elección por la asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. Con posterioridad a la elección de autoridades, en su primera reunión, el directorio designará entre sus miembros, un presidente y un vicepresidente.
Este último reemplazará al presidente en caso de muerte, ausencia, renuncia, incapacidad o cualquier otro impedimento. La asamblea fijará la remuneración del directorio. Se reunirá una vez cada tres meses, como mínimo, y cuando lo requiera cualquiera de los directores.
En ese caso la convocatoria deberá efectuarla el presidente para reunirse dentro de los cinco días de la solicitud, en su defecto podrá convocarla cualquiera de los directores.
La convocatoria deberá indicar los temas a tratar. Las decisiones serán adoptadas por mayoría de votos presentes.
En caso de empate el presidente desempata votando nuevamente.
El directorio tiene amplias facultades para administrar y disponer de sus bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al Art. 1881 del Código Civil y el Art. 9 del Decreto Ley 5965/63. El directorio podrá especialmente adquirir, gravar y enajenar por cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, realizar en nombre de la sociedad actos jurídicos que la hagan adquirir, modificar, novar o extinguir derechos u obligaciones, constituir o aceptar derechos reales o de cualquier otra forma disponer sobre ellos, otorgar avales y fianzas para el giro de los negocios sociales, operar con los Bancos de la Nación Argentina y demás instituciones de crédito oficiales o

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/10/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data04/10/2010

Conteggio pagine131

Numero di edizioni4799

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione31/07/2024

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