Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/8/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que este requisito temporal de ser acreditado desplazaría a los siguientes, otorgando de esta manera preferencia excluyente respecto de otras, inclusive de aquellas que la superasen económicamente;
Que en este orden de ideas el recurrente al momento de realizar su oferta expresó acreditar cinco años de ocupación, hecho que reafirma en su actual escrito recursivo, al decir que acompaña constancias que acreditan su presunta ocupación de parte del lote 11 desde hace aproximadamente unos 6 años por lo que, desde el inicio, su pretensión de prelación en base a las argumentaciones que esboza resultan infundadas dado que no acredita los diez años mínimos requeridos por la norma para tener prelación en relación a otras propuestas;
Que frente a ello, y por su parte, quienes resultaron adjudicatarios, Sres. Herme Oscar O. Juárez y Juan Bautista Camejo, lo fueron por haber dado cumplimiento a todos los requisitos previstos en la legislación vigente y, atendiendo fundamentalmente al artículo 11º de la reglamentación, según lo expone la comisión de adjudicación en el acta N 25 de fecha 27 de septiembre de 2006, pues se determinó que no era el precio por ellos ofrecido el determinante de la adjudicación dispuesta, sino que tuvieron en cuenta los acreditados antecedentes de los adjudicatarios Sres. Juárez y Juan Bautista Camejo de ocupación en el lugar, lo cuál consta en la Resolución N
11/05 DDEyM, ya sea como Tenedor Precario respecto del nombrado en primer término y como ocupante en el caso del segundo por lo que, aún a fuerza de ser reiterativo, en el caso jugó a favor de los adjudicatarios la prelación establecida en el Decreto Reglamentario 9695- articulo 11º al expresar en su inciso "a La ofertas formalizadas por pobladores o lugareños, que demuestren ocupación o residencia continua en las islas durante los últimos 10
años, como mínimo
Que abonando lo expuesto cabe agregar que del análisis de las actuaciones surge que la comisión de adjudicación, para realizar el informe que sirve de base a la Resolución 70/06
en cuestión, tuvo en cuenta todos los antecedentes relacionados con el inmueble, de los presentantes en general y de los adjudicatarios en particular;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/8/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data04/08/2010

Conteggio pagine108

Numero di edizioni4786

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione12/07/2024

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