Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/3/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y notifíquese fehacientemente al recurrente, fecho pase a la Dirección de Hidráulica y remítase copia del presente a la Dirección General de Personal, para la continuidad del trámite.
- SERGIO D. URRIBARRI
- Adán H. Bahl - -----DECRETO Nº 4566 MGJEOySP
- HACIENDO LUGAR A RECURSO
- Paraná, 30 de noviembre de 2009
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la señora María Adela Lucca, docente del Departamento Victoria, por la demora en resolver los actuados grabado N 1006172 agregados grabado N 1010916 y grabado N 1036552; y CONSIDERANDO:
Que la reclamante interpone formal recurso de queja de conformidad a lo prescripto por el artículo 72 y sgtes. de la Ley N 7060, a efectos de que se proceda a dar inmediata resolución al presente, el que se encuentra paralizado;
Que dicho recurso es formalmente procedente, en los términos establecidos en el artículo 35 de la Ley N 7060, ratificada por la Ley N 7504, que configura el Reglamento para Trámites Administrativos;
Que la finalidad de este instituto recursivo es permitirle al administrado, ejercer acabadamente el control de la actividad de la administración y la defensa de sus intereses, evitando que el trámite sea perturbado por conductas morosas por parte de funcionarios de la administración, y en consecuencia, ante su interposición, someter dicha situación a contralor jerárquico del funcionario remiso para corregir este estado irregular de retardo;
Que la causa del recurso en examen debe estar siempre motivada exclusivamente por la actitud morosa o de retardo del órgano que tiene a su cargo la resolución de un expediente o reclamo, teniendo como propósito constatar si existen o no motivos para acceder a lo peticionado por el reclamante, adoptando -si fuera asílas medidas tendientes al cese del estado de retardo generado por el funcionario y que afecta los intereses del administrado y de la administración y tomando medidas necesarias para que cese el estado de morosidad;