Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/2/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 30 de setiembre de 2009, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado;
Que conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08
SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega ficha del expediente Nº 1015730 R.U., por el que se tramita dicho reclamo, del que surge que el mismo se encuentra desde el 7 de agosto de 2009 en el Área Liquidaciones del Ente Previsional;
Que en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de diez 10 días, resolver el trámite pendiente;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º - Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por los Apoderados Legales del Sr. Alberto Bogao, constituyendo domicilio legal en calle Laprida Nº 424, PA Of. 8 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un reclamo del actor, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2º - Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a resolver en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente. Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Salud y Acción Social.
Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y cumplido pasen a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a los fines indicados en el Art. 2º.