Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/1/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
encontraban vigentes antes de iniciado el jubilatorio por la aquí recurrente, de donde incuestionable su aplicabilidad al caso;
trámite resulta
Que la doctrina legal del artículo 17º de la Constitución Nacional que protege el derecho de propiedad y del artículo 3º del Código Civil sobre la vigencia temporal de las normas, es la que surge de la interpretación fiel de su contenido, brindada por la Corte en el caso Cassin y siguiendo la opinión de la máxima autoridad interpretativa de nuestra Carta Magna, se puede concluir que respecto de haberes previsionales devengados con posterioridad a la entrada en vigencia de los decretos en cuestión, no tienen un derecho adquirido, subjetivo o consolidado a su percepción, sino que como todo derecho está sujeto a normas que lo reglamenten, en verdad solo tienen un derecho en expectativa, como lo dice la Corte, de modo que el diferimiento en la concesión del beneficio como la imposición de un descuento de excepción, establecidos en las normas tachadas de inconstitucionales, deben evaluarse en base a su razonabilidad y no sustentando la tacha en la irrevisabilidad en su quantum del haber previsional, por cuanto es inexacto que para la Corte Suprema en casos como el de marras solo fuere posible una dilación temporal o suspensión;
Que se debe advertir que para sostener la inconstitucionalidad de una norma que reglamente sobre derechos en expectativa, se pretende oponer fundamentos de fallos de la Corte dictados para supuestos de derechos consolidados o adquiridos;
Que la Fiscalía de Estado ha tomado intervención competencia, aconsejando el rechazo del recurso apelación jerárquica interpuesto;
de de
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por los apoderados legales de la señora Dominga Alma Lange, domiciliada legalmente en calle Santa Fe Nº 318, de esta ciudad, contra la Resolución Nº 4031/07 de la Caja de