Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/5/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

la correcta aplicación de la presente, tanto para la asignación de responsabilidades de los funcionarios y agentes intervinientes, como así también en la normatización del otorgamiento y autorización de prácticas o compras de elementos que se ajusten a la realidad financiera del afiliado y la Obra Social.
Art. 10º - Cúmplase y hágase cumplir por las Gerencias de Administración y Prestacional.
Art. 11º - Regístrese, comuníquese, notifíquese por Dpto.
Despacho y Administrativa y archívese.Silvio A. Moreyra, presidente; Rubén D. Zaragoza, director; Teodoro R. Demczuk, director; Inés Pañoso Galmarello, director; Luis Viggiani, director; H.J.
Ricardo Muñoz, director; Ariel L. De la Rosa, director.
ANEXO INSTRUCTIVO CRÉDITO ASISTENCIAL
Para conocimiento de todas las direcciones del Instituto NORMAS DE PROCEDIMIENTO: CRÉDITOS ASISTENCIALES
1.- REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO ASISTENCIAL
El afiliado podrá solicitar el crédito asistencial para efectuar el pago financiado de los coseguros o copagos, generados por prácticas ambulatorias, de internación y de toda otra prestación o servicios derivaciones, compra de prótesis o cualquier tipo de elementos, comodatos, traslados de ambulancias, etc. que el IOSPER le otorgue de acuerdo a las normas de aplicación según sea el caso.
En prácticas ambulatorias; el monto del coseguro deberá superar pesos ochenta y dos con sesenta ctvos. $ 82,60
para poder acceder al beneficio en cuestión. El monto que urge de aplicar el 7% del haber mínimo de bolsillo establecido por el Gobierno Provincial para la planta permanente y temporaria de Escalafón General que a la fecha del presente asciende a pesos un mil ciento ochenta $
1.180.
Para el otorgamiento del mismo el afiliado deberá presentar, la siguiente documentación:
aFotocopia de último recibo de haberes.
bFotocopia de carnet.
cGarante titular de la administración pública provincial, municipal o jubilado requisito a cumplir por afiliado voluntario y suplente de la administración pública.
Fotocopia recibo de haberes garante.
El garante será solicitado en todos los casos identificado como riesgosos a la hora del cobro del crédito. Este riesgo estará determinado no solo por la situación de revista suplente, transitorio etc. o el tipo de afiliación del beneficiario derivado, capitado, etc.; sino también por la gravedad manifiesta que lleve implícita la prestación otorgada al mismo edad del afiliado, estado de salud, etc..
La razonabilidad de la aplicación de este criterio de solicitud del garante serán reglamentadas por la Dirección de Ingresos Gerencia de Administración.
El beneficiario podrá requerir en el Area Informes atención al público, el fotocopiado de la documentación requerida.
2 CONTROL:

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/5/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data16/05/2008

Conteggio pagine108

Numero di edizioni4786

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione12/07/2024

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