Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/2/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

del cargo que actualmente ocupa el mencionado agente de la Subsecretaría de Derechos Humanos;
Que, intervino la Dirección General de Presupuesto, de cuyo informe surge que la modificación de cargos propuesta encuadra en las disposiciones legales del artículo 18º de la Ley 9762 de Presupuesto 2007;
Que, la Contadora Auditora de la Contaduría General de la Provincia ha tomado la debida intervención de su competencia;
Que, con los antecedentes, opiniones favorables y los informes técnicos obrantes en autos y encuadrando la modificación presupuestaria en las prescripciones del artículo 18º de la Ley Nº 9762 de Presupuesto 2007 se hace viable la reubicación dispuesta;
Que obra a fs. 50 la autorización del titular del Poder Ejecutivo;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Modifícase la planta permanente de cargos del ejercicio 2007 de la Jurisdicción 20, Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos;
Subjurisdicción 02, Secretaría de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora: Subsecretaría de Derechos Humanos; conforme a la planilla de modificaciones anexa, la que, agregada, forma parte del presente decreto.
Art. 2º -- Reubícase al agente Daniel Oscar Barzola, DNI Nº 11.556.355, legajo personal Nº 104.605, en una categoría dos 2, Administrativo y Técnico b Ejecución, conforme lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 3º -- Impútase el gasto a: DA 966, Carácter 1, Jurisdicción 20, Subjurisdicción 02, Entidad 000, Programa 20, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 20, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente 001, Inciso 1, Partida Principal 1, Partida Parcial 1/3/4/6, P.
Subparcial 1001/1100/1031/1051, Departamento 84, U.
Geográfica 07 del Presupuesto 2007.
Art. 4º -- Autorizase a la Dirección General del Servicio Contable, Jurisdiccional 20 a liquidar y hacer efectivos los pagos que demande lo dispuesto en el artículo 2º del presente.
Art. 5º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 6º -- Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable, Jurisdiccional 20 y oportunamente archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Adán H. Bahl - -----DECRETO Nº 3492 GOB

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/2/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data07/02/2008

Conteggio pagine82

Numero di edizioni4789

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione17/07/2024

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