Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/1/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Mesa de Entradas del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, para la fehaciente notificación de los interesados.- JORGE P. BUSTI
- Diego E. Valiero MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
DECRETO Nº 2751 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 31 de mayo de 2007
VISTO:
El recurso de apoderado legal Resolución N
Pensiones de la
apelación jerárquica interpuesto por el de la Sra. María Matilde Minatta contra la 1927/02 de la Caja de Jubilaciones y Provincia de Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que el recurso ha sido interpuesto en tiempo y forma por lo que corresponde proceder con el análisis sustancial del mismo;
Que la resolución en crisis aprueba la deuda informada a fs. 323 por ANSES en donde se descuenta a la actora la suma de pesos setenta y dos mil trescientos trece con 95/00 $
72.313,95;
Que mediante la Resolución N 2816 CJPER, ratificada por Decreto 5243/84, se le concede a la actora el beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su extinto esposo, el Sr. Nano Dionisio, advirtiéndose posteriormente que la misma es titular de un beneficio de pensión otorgado en el ámbito Nacional, por lo que el jefe del Departamento Jurídico de la Caja de Jubilaciones y Pensiones aconseja suspender preventivamente el beneficio provincial concedido, requiriéndosele a la beneficiaria mediante la Resolución N 1990 CJP, que en forma inmediata opte por uno de los dos beneficios;
Que atento a lo expuesto el Departamento Jurídico sugiere rehabilitar el goce del beneficio a la Sra. Minatta dado que la misma acredito la renuncia al beneficio nacional, lo que se concreta con la Resolución N 1689 CJPER;
Que ANSES mediante Resolución N 1892/93 resuelve dejar sin efecto tanto el beneficio de jubilación del Sr. Dionisio Nano y el beneficio de Pensión que gozaba la Sra. Minatta, determinando una deuda incurrida, por lo que solicita a la Caja de Jubilaciones de la Provincia que se afecte el 20%
de los haberes previsionales de la actora hasta cubrir la deuda que se ha generado por la percepción indebida por parte del causante, como por su cónyuge y en la misma resolución se reconocen los servicios prestados por el causante que totalizan la cantidad de 32 años;
Que por lo actuado precedentemente la actora es notificada de la resolución de ANSES, interponiendo a tal efecto un descargo y solicitando la aplicación de la Resolución 80/99
a fin de que se le descuente el 5% y no el 20% como se le impone;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/1/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data03/01/2008

Conteggio pagine75

Numero di edizioni4795

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione25/07/2024

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