Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Art. 1º -- Concédese el beneficio de jubilación ordinaria de amas de casa, Ley Nº 8107, aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a la Sra. Marta Esther Sotelo, clase 1942, MI Nº 4.460.042, domiciliada en Las Lechiguana Nº 747, de la localidad de Paraná.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet - -----DECRETO Nº 1411 MSAS
- HACIENDO LUGAR A RECURSO
- Paraná, 30 de marzo de 2006
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal de la Sra. Emilia Esther Nicasia Silveyra; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la autoridad administrativa, en este caso la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en resolver un reclamo de reajustes de haberes;
Que obra en autos Memorándum Nº 220/06 mediante el cual se requiere al presidente del organismo la remisión del expediente principal, el que ha sido girado a este ministerio en fecha 16.3.06, sin el agregado del reclamo de la actora;
Que resulta procedente la consideración del presente recurso por ser la Caja de Jubilaciones y Pensiones un ente sometido a contralor de legitimidad o de mérito por parte del Poder Ejecutivo, dándose los extremos legales exigidos para proceder al análisis del ungimiento intentado;
Que del análisis de las presentes surge que las mismas se encontrarían paralizadas desde el 30.12.04, en el Departamento Amas de Casa de la Caja de Jubilaciones y Pensiones;
Que atento a lo expuesto precedentemente, se entiende que existe mora imputable al organismo previsional, razón por la cual corresponde hacer lugar al presente recurso, debiendo a tal efecto la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en un plazo perentorio de veinte 20 días de recepcionadas las actuaciones, previa agregación del reclamo de la actora resolver la cuestión de fondo planteada;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social, ha tomado intervención de su competencia en el sentido expuesto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º --

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/10/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data05/10/2007

Conteggio pagine103

Numero di edizioni4786

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione12/07/2024

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