Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

José Sauton hasta el final, para que se presenten dentro del término de 10 días a contar de la última publicación del presente, que se hará por dos veces, a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de nombrarles defensor de ausentes.
Gualeguaychú, 20 de noviembre de 2006 - Fabián A. Ronconi, secretario supl.
-F.C.S. 00037413 3 v./14.12.06
- QUIEBRAS
- ANTERIORES
- PARANA
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 cargo de la Dra. María Andrea Pereyra, Secretaría Nº 7 a cargo de la Dra. Adriana Beatriz Acevedo, sito en calle Santa Fe y Laprida, primer piso de la ciudad de Paraná, Entre Ríos, comunica por cinco 5 días que con fecha 20 de noviembre de 2006, se decretó la quiebra de Juan Carlos Fernández Armesto, MI Nº 4.871.260, con domicilio real en Ruta Nacional 32 s/n, ejido de la ciudad de Crespo, Dpto.
Paraná, Provincia de Entre Ríos.
El síndico interviniente es el Cr. René Rodolfo Rossi, domiciliado en calle 25 de Junio Nº 764 de esta ciudad, ante quien deberán presentar los acreedores los títulos justificativos de sus créditos y pedidos de verificación hasta el día 2 de febrero de 2007, los días lunes a viernes en el horario de 8 a 12 y de 16 a 20 horas.
En el mismo domicilio y dentro de los días y horarios antes referidos, el deudor y los acreedores que hubiesen insinuado sus créditos, podrán concurrir ante el síndico para revisar los legajos a los fines del artículo 34 de la Ley 24.522.
Los informes previstos por los Art. 35 y 39 de la citada norma legal deberán ser presentados por el síndico dentro de los plazos que vencen los días 16 de marzo de 2007 y 3
de mayo de 2007, respectivamente.
se intima a la fallida y a terceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, de propiedad de la fallida, al igual que los libros de comercio y de más documentación relacionada con su contabilidad, previéndose a los terceros de la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces.
Se decreta la inhabilitación de la fallida en los términos de los artículos 236, 237 y 238 de la Ley 24.522.
CERTIFICO que el edicto que antecede deberá publicarse por cinco días en el Boletín Oficial, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando hubiere Art. 89 Ley 24.522.
Paraná, 4 de diciembre de 2006 - Adriana Acevedo, secretaria.
-F. 00006228 5 v./14.12.06

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/12/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data13/12/2006

Conteggio pagine83

Numero di edizioni4801

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione02/08/2024

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