Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que la normativa legal expresa que, para establecer el valor de las mejoras se aplicará el método de costos de reposición presente, determinándose para cada una de las zonas en que se divide el territorio provincial, costos medios, resultantes de promediar los valores unitarios básicos según destinos, con las características de construcción, los que serán corregidos por coeficientes de depreciación según antigedad y estado de las mejoras;
Que la determinación de los valores unitarios básicos serán elaborados para las plantas urbana y sub-rural por la Dirección de Catastro y ésta sugerir al Poder Ejecutivo los valores unitarios básicos o los coeficientes de actualización de dichos valores respecto del año anterior;
Que la valuación de los inmuebles sobre la que se determinarán los montos imponibles de las obligaciones fiscales, será practicada por la Dirección de Catastro quien puede realizarla de oficio;
Que en los últimos veinte años se han aplicado incrementos que afectan por igual a las tierras libres de mejoras y a las que cuentan con edificaciones, provocando ello un ajuste desigual en los valores otorgados a los inmuebles;
Que el Decreto Nº 3058/79 MEOSP, fue la última norma que dispuso nuevos valores básicos por metro cuadrado para las diferentes categorías de mejoras;
Que actualmente las diferencias de valores para las distintas categorías de mejoras están reducidas a su mínima expresión, no reflejando en absoluto las realidades existentes;
Que a fin de fijar pautas equitativas tendientes a lograr una justicia tributaria, resulta necesario proceder a la determinación de los valores básicos de las mejoras enclavadas en parcelas urbanas y sub-rurales;
Que la Dirección de Catastro ha realizado estudios, análisis y cuadros comparativos entre los valores de mejoras tomados en cuenta para la determinación del correspondiente avalúo, con los valores de mejoras tomados por la Municipalidad de Paraná para la determinación de las tasas y con los valores de mercados de las propiedades inmuebles;
Que uno de los estudios precitados arroja notorias diferencias, entre el valor de las mejoras tomado para la valuación del Impuesto Inmobiliario del año 2003, con los valores promedios determinados en el mes de septiembre de 2001, variando éstos últimos en más, para las mejoras de las distintas categorías y que de dichos estudios, surge con claridad que los actuales valores de mejoras, están muy por debajo del valor real de las mismas;
Que es decisión del Poder Ejecutivo, a fin de establecer un pie de igualdad y proporcionalidad en la tributación, modificar e incrementar el valor de las mejoras introducidas a las parcelas urbanas y sub-rurales, sin afectar con ello el valor básico atribuido a la tierra;

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data07/08/2006

Conteggio pagine124

Numero di edizioni4783

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione08/07/2024

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