Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/6/2006
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Art. 2 -- Fíjase un plazo de veinte 20 días, contados a partir de la recepción de las actuaciones, para que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, se pronuncie respecto del reclamo formulado, atento lo expresado en el presente texto legal.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pasen las presentes actuaciones a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, a sus efectos.
- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet - -----DECRETO Nº 7423 MSAS
- HACIENDO LUGAR A RECURSO
- Paraná, 1 de noviembre de 2005
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
Natalia Schaetzel; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza incurrida por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en resolver el reclamo de reajuste de haberes del régimen de jubilación de amas de casa;
Que a fs. 8 obra memorándum N 348/05 por el que se le requiere a la Caja de Jubilaciones y Pensiones el envío de las actuaciones instadas;
Que resulta procedente la consideración del presente recurso por ser la Caja de Jubilaciones y Pensiones un ente sometido a contralor de legitimidad o de mérito por parte del Poder Ejecutivo, dándose los extremos legales exigidos para proceder al análisis del urgimiento intentado;
Que es dable manifestar que conforme surge de la lectura del texto recursivo, ya se ha articulado un recurso de queja que se encuentra resuelto mediante Decreto N 1256/05 MSAS, y notificado en fecha 18.4.05, intimando al ente previsional provincial a resolver la cuestión de fondo, lo que a la fecha de interposición del presente no se ha cumplimentado;
Que al momento de tener que resolver el presente, el ente previsional no ha agregado en autos los antecedentes requeridos, los cuales según surge del volante a fs. 6 de autos se encuentran paralizados en presidencia de la caja desde el 1.4.05, por lo que corresponde hacer lugar al recurso incoado, fijando un plazo perentorio de cinco 5
días para que el organismo resuelva la cuestión de fondo;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social ha tomado intervención de su competencia;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Natalia Schaetzel, con domicilio legal en calle Selva de Montiel N 1329, de esta ciudad, por la tardanza incurrida por el organismo previsional en resolver el pedido de reajuste de haberes jubilatorios solicitado por la actora, conforme lo expresado en los considerandos precedentes.