Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/4/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que para tal fin las pautas que se deberán tener en cuenta para aquellos agentes que serán recategorizados, es tener una antigedad de más de diez 10 años de permanencia en sus respectivos cargos, como asimismo los que posean las categorías 10, 9 y 8 pasarán a categoría 6
y los que posean las categorías 7 y 6, a categoría 5 del Escalafón General;
Que teniendo en cuenta su ubicación con las tareas que desempeñan, es que se ha dispuesto recategorizar a los agentes cuya nómina obra en el anexo que forma parte integrante del presente decreto realizando las transformaciones y transferencias en la planta de cargos dependiente de la Secretaría de Salud;
Que corresponde dejar aclarado que las recategorizaciones propuestas en autos, se abonarán a partir del 01.8.05, y la antigedad se tomará al 31.7.05;
Que forman parte integrante del presente decreto, las planillas anexo III, con la transferencia de cargos de acuerdo a lo señalado precedentemente y la transformación de los cargos en los cuales revistan actualmente los agentes en las categorías a recategorizar a los mismos;
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Presupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, la modificación de cargos propuesta resulta técnicamente viable, encuadrando en los términos del artículo 15º de la Ley 9602;
Que asimismo, forman parte integrante del presente, las planillas analíticas del gasto, con el aumento del crédito pertinente en el Programa 19-24 Hospital Santa Rosa de Chajarí, Departamento Federación, a fin de que la modificación de créditos encuadre en los términos del artículo 14º de la Ley 9602;
Que la Dirección de Administración de la Secretaría de Salud, ha tomado la intervención que le compete;
Que la Delegación Contable de la Contaduría General de la Provincia en la Secretaría de Salud, se ha expedido favorablemente;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Modifícase la planta permanente de cargos de personal de la Secretaría de Salud, con el aumento del crédito pertinente en el Programa 19-24 del Hospital Santa Rosa de Chajarí, Departamento Federación, conforme a las planillas anexo III y analíticas del gasto que forman parte del presente decreto, en virtud a lo establecido por los artículos 15º y 14º de la Ley 9602 respectivamente.
Art. 2º -- Transfiéranse y transfórmanse los cargos en los cuales revistan actualmente los agentes que se mencionan en el anexo del presente, en las categorías a recategorizar a los mismos, de acuerdo a las planillas anexo III, que agregadas forman parte integrante del presente decreto.
Art. 3º -- Recategorízanse a partir del 01.8.05, al personal que cumple funciones en el Hospital Santa Rosa de Chajarí, Departamento Federación y que se detalla en el anexo que forma parte del presente texto legal y en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 4º -- Impútese el gasto que surge de las disposiciones del presente decreto al presupuesto vigente: DA 960, C 1, JUR 40, SUBJ 02, ENT 000, PG 19, SP 00, PY 00, AC 24, OB 00, FIN 3, FUNC 10, FF 11, SFF 001, DTO
28, UG 01.
I 1, PR 1, PA 1, SPA 1001, $ 17.883,91.
I 1, PR 1, PA 3, SPA 1100, $ 12.947,75.

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/4/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data27/04/2006

Conteggio pagine84

Numero di edizioni4805

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione08/08/2024

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