Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/4/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

El recurso de queja interpuesto por la señora María Angélica Nanni, y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la autoridad administrativa, en este caso la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en resolver el recurso de apelación jerárquica interpuesto contra la contestación efectuada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, a su reclamo de pago de retroactivos por descuento en sus haberes de jubilación amas de casa;
Que obra en autos Memorándum Nº 334/05 del señor Ministro de Salud y Acción Social mediante el cual se requiere al presidente del organismo la remisión de las actuaciones instadas;
Que resulta procedente la consideración del presente recurso por ser la Caja de Jubilaciones y Pensiones un ente sometido a contralor de legitimidad o de mérito por parte del Poder Ejecutivo, dándose los extremos legales exigidos para proceder al análisis del urgimiento intentado;
Que del análisis de las presentes actuaciones surge que el organismo previsional no ha remitido los antecedentes requeridos, sino los correspondientes al haber de pensión que percibe la actora, ni los escritos aludidos en el remedio recursivo, en consecuencia y existiendo obligación de la administración de pronunciarse y, sin poder corroborar las alegaciones de la quejosa por falta del envío de los mismos por parte de la autoridad imputada de remisa, corresponde admitir la viabilidad del urgimiento fundado en el principio pro actione y en la documental que en la acción instaurada ha sido acompañada por la recurrente;
Que en virtud de lo expuesto y resultando procedente la articulación del presente recurso, corresponde hacer lugar al mismo, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, en un plazo de veinte 20 días contados a partir de la fecha de recepción de las actuaciones continuar con la tramitación del expediente instado;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención de su competencia en el sentido expuesto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar el recurso de queja interpuesto por la señora María Angélica Nanni, con domicilio legal en calle La Paz Nº 72, planta alta, de esta ciudad, por el presunto retardo en que ha incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver el recurso de apelación jerárquica interpuesto contra la contestación efectuada por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, a su reclamo de pago de retroactivos por descuento en sus haberes de jubilación amas de casa, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- Fíjase un plazo de veinte 20 días, contados a partir de la recepción de las actuaciones, para que la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, se pronuncie respecto del reclamo formulado, atento lo expresado en el presente texto legal.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pasen las presentes actuaciones a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a sus efectos.

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/4/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data20/04/2006

Conteggio pagine67

Numero di edizioni4796

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione26/07/2024

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