Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Mller, clase 1937, MI Nº 3.006.937, domiciliada en Rivadavia Nº 698 de Crespo.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, notifíquese por medio del ente previsional provincial y archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Graciela D.L. de Degani - -----DECRETO Nº 4413 MSAS
- CONCEDIENDO BENEFICIO
- Paraná, 17 de septiembre de 2004
VISTO:
Las presentes actuaciones Jubilaciones y Pensiones de relacionadas con la solicitud Adelina Prieto, al régimen de
elevadas por la Caja de la Provincia de Entre Ríos, efectuada por la Sra. Petrona la Ley Nº 8107; y
CONSIDERANDO:
Que según se informa en autos, la solicitante ha reunido los requisitos establecidos por el artículo 7º de la norma para hacerse acreedora al beneficio interesado, como asimismo ha cumplimentado los requisitos exigidos por los artículos correlativos de los Decretos Nº 765/89 MGJOSP, 4076/89 MGJOSP, 3371/90 MEH Y 2108/91 MEH;
Que acorde al artículo 10º de la mencionada Ley y su concordante artículo 5º del Decreto Nº 3371/90 MEH, el que se mantiene vigente, transitoriamente, según las disposiciones del Decreto Nº 27/99 MSAS y lo establecido por el artículo 6º del Decreto Nº 405/99 MSAS, las beneficiarias serán pasibles de un descuento de excepción por aportes no efectuados;
Que el trámite se encuadra en el cronograma de altas mensuales que, tomado pautas objetivas, establece el Decreto Nº 4036/98 MSAS, prorrogado por Decreto Nº 3121/99
MSAS, que establece un régimen transitorio del Sistema de Amas de Casa, cuya continuidad se dispuso por el Decreto Nº 405/99 MSAS, prorrogado por Decreto Nº 4094/00 MSAS, Decreto Nº 2416/01 MSAS, Decreto Nº 1190/02 MSAS, Decreto Nº 123/03 MSAS y Decreto Nº 4747/03 MSAS;
Que por lo expresado corresponde convalidar el beneficio aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, habiendo intervenido la Dirección de Asuntos del Ministerio de Salud y Acción Social;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA: