Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/10/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
- Concédese el beneficio de jubilación de Amas de Casa, artículo 7º, Ley Nº 8107, a partir del mes de agosto de 2004, aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a la Sra. Elda Teresita Milán, clase 1936, MI Nº 1.904.863, domiciliada en L.B. López Nº 572, de Concepción del Uruguay.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, notifíquese por medio del ente previsional provincial y archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Graciela D.L. de Degani - -----DECRETO Nº 4307 MSAS
- Paraná, 17 de setiembre de 2004
Concediendo el beneficio de jubilación por invalidez, sobre la base de lo aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a las personas que seguidamente se detallan:
Cirilo Ramón Valdéz, clase 1956, MI Nº 12.556.682, domiciliado en Jujuy Nº 394, de Cerrito, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Vialidad. Resol.
Nº 3284/04 CJP.
Blanca Inés Techera, clase 1945, MI Nº 5.017.803, domiciliada en Los Chingolos Nº 587, de La Floresta, de esta ciudad, con prestación de servicios en la Municipalidad de Paraná. Resol. Nº 3286/04 CJP.
Lidia Ester Feltes, clase 1948, MI
Nº 5.946.533, domiciliada en 1º de Mayo Nº 818, de María Grande, con prestación de servicios en el Consejo General de Educación.
Resol. Nº 3287/04 CJP.
Alicia Adriana Reina, clase 1961, MI Nº 14.202.173, domiciliada en Uchitel Nº 982, de Basavilbaso, con prestación de servicios en el Consejo General de Educación.
Resol. Nº 3283/04 CJP.
María Yolanda Sandoval, clase 1949, MI Nº 6.135.888, domiciliada en Bvard. Pedro Jurado Nº 241, de Gualeguaychú, con prestación de servicios en el Hospital "Centenario", de la mencionada localidad. Resol. Nº 3835/04 CJP.
Silvia Beatriz Monzón, clase 1972, MI Nº 22.529.396, domiciliada en Casiano Calderón Nº 1888, T. 2, Dpto. 21, de esta ciudad, con prestación de servicios en el Consejo General de Educación. Resol. Nº 3832/04 CJP.
Dejando establecido que los presentes beneficios tienen carácter provisional reservándose el ente previsional la facultad de disponer los reconocimientos médicos periódicos que estime oportuno, según lo normado por el artículo 44º del ordenamiento legal vigente.