Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/7/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

sobre la base de lo aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a las personas que seguidamente se mencionan:
Saturnino Vidal Martínez, clase 1943, MI N 5.947.255, domiciliado en Santiago del Estero N 346 de Cerrito, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Vialidad Resol. N 0973/04 CJP.
Jorge Enrique Santiago, clase 1945, MI N 5.952.716, domiciliado en Barón Hirsch N 469 de Basavilbaso, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Vialidad Resol. N 0876/04 CJP.
Carlos Ramón Fracaro, clase 1939, MI N 5.868.252, domiciliado en Crucesitas 8, Dpto. Nogoyá, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Vialidad Resol. N 0871/04 CJP.
Olivio Aristimuño, clase 1945, MI N 5.879.679, domiciliado en Gemes N 1185 de Nogoyá, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Vialidad Resol. N 0365/04 CJP.
Raúl Daniel Weber, clase 1946, MI N 5.882.842, domiciliado en La Rioja N 1029 de Nogoyá, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Vialidad Resol. N 0917/04 CJP.
- -----DECRETO N 2240 MSAS
- CONCEDIENDO BENEFICIO
- Paraná, 24 de mayo de 2004
VISTO
Las presentes actuaciones elevadas por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, relacionadas con la solicitud efectuada por la Sra. Marta Hilda Ceballos, al régimen de la Ley N 8107; y CONSIDERANDO:
Que según se informa en autos, la solicitante ha reunido los requisitos establecidos por el artículo 7 de la norma para hacerse acreedora al beneficio interesado, como asimismo, ha cumplimentado los requisitos exigidos por los artículos correlativos de los Decretos N 765/89 MGJOSP, 4076/89 MGJOSP, 3371/90 MEH y 2108/91 MEH;
Que acorde al artículo 10 de la mencionada ley y su concordante artículo 5 del Decreto N 3371/90 MEH, el que se mantiene vigente, transitoriamente, según las disposiciones del Decreto N 27/99 MSAS y lo establecido por el artículo 6 del Decreto N 405/99 MSAS, las beneficiarias serán pasibles de un descuento de excepción por aportes no efectuados;
Que el trámite se encuadra en el cronograma de altas mensuales que, tomando pautas objetivas, establece el Decreto N 4036/98
MSAS, prorrogado por Decreto N 3121/99 MSAS, que establece un régimen transitorio del Sistema de Amas de Casa, cuya continuidad se dispuso por el Decreto N 405/99 MSAS, prorrogado por Decreto N 4094/00 MSAS, Decreto N 2416/01 MAS, Decreto N 1190/02 MAS, Decreto N 123/03 MAS y Decreto N
4747/03 MAS;
Que por lo expresado corresponde convalidar el beneficio aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, habiendo intervenido la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Acción Social;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/7/2004

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data16/07/2004

Conteggio pagine104

Numero di edizioni4806

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione09/08/2024

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