Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 24/5/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 29.000
provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: TÉNGASE por ley de la Provincia, la sancionada con el Nº 6.669 por la Honorable Legislatura.
ARTÍCULO 2º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto Nº 1192
Corrientes, 23 de mayo de 2024
Visto:
El proyecto de Ley Nº 6.670 sancionado por el Honorable Senado y la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Corrientes, y Considerando:
Que el proyecto de Ley Nº 6.670 tiene por objeto, declarar Monumento Histórico e Integrante del Patrimonio Cultural, al edificio individualizado como Casa Centeno, actualmente sede de la Casa de la Cultura, situado en la calle Ángel Blanco Nº 843, entre las calles San Martín e Irigoyen, en la ciudad de Santo Tomé.
Que el mencionado proyecto legislativo fue enviado al Poder Ejecutivo para su examen de acuerdo con el artículo 120 de la Constitución de la Provincia de Corrientes.
Que las áreas competentes en la materia se han expedido respecto del proyecto venido a consideración sin formular obser vaciones y propiciando su promulgación, por lo que se estima procedente disponer de conformidad.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: TÉNGASE por ley de la Provincia, la sancionada con el Nº 6.670 por la Honorable Legislatura.
ARTÍCULO 2º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto N593
Corrientes, 21 de Marzo del 2024.
Visto:
El expediente N 320-17452/2023 y agregados N 02602804/2023, N 320-17349/2023, N 320-17973/2023, N
320-00650/2023, N 320-00318/2024, N 32017007/2023, N 320-00121/2024, N 026-00630/2024, N
310-02512/2024, N 320- 00767/2024, N 32000768/2024, N 320-17725/2023, N 320- 17370/2023, N
320- 00289/2024, N 320-00190/2024, N 32000836/2024 caratulado: "MIN. DE EDUCACIÓN S/PRORROGA DE AFECTACIÓN DE LOS AGENTES QUE

CORRIENTES, 24 DE MAYO DE 2024

DETALLA - CAPITAL, y Considerando:
Que en las presentes actuaciones se eleva la Resolución N 0910 de fecha 15 de marzo de 2024, del Ministerio de Educación, solicitando su aprobación correspondiente por decreto del Poder Ejecutivo.
Que en atención a la normativa vigente, resulta necesario la aprobación del acto administrativo de referencia, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas del área, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 11, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución N 0910 de fecha 15 de marzo de 2024 del Ministerio de Educación, la que como anexo se incorpora y forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: EL presente decreto es refrendado por la Ministra de Educación.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Educación, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Lic. Práxedes Ytatí López
Decreto Nº 705
Corrientes, 4 de abril de 2024
Visto:
El Expediente Nº 026-00620-2024 del registro del Instituto de Cultura de Corrientes, y Considerando:
Que, se tramita en autos la aprobación de la Resolución Nº 0219, con fecha 5 de marzo de 2024, dictada por el Presidente del Instituto de Cultura de Corrientes.Que, en atención a la normativa vigente resulta necesario aprobar el acto administrativo citado, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas de área, encuadrando el presente caso en lo establecido en el Decreto N 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes;
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 0219, con fecha 5 de marzo de 2024, dictada por el Instituto de Cultura de Corrientes, la que como anexo forma parte del presente Decreto.ARTÍCULO 2º: EL presente Decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Instituto de Cultura de la Provincia a sus efectos.Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
PAG. Nº 4

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 24/5/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaeseArgentina

Data24/05/2024

Conteggio pagine32

Numero di edizioni512

Prima edizione09/11/2020

Ultima edizione25/06/2024

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