Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 15/9/2023

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.843

CORRIENTES, 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023

Registro Oficial, y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dra. Herminda María Gabur
Decreto N 2247
Corrientes, 30 de agosto de 2023
Visto:
El expediente Nº 180-0415/2022 del registro del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio, y Considerando:
Que por las citadas actuaciones tramita la aprobación de la Resolución N 248 de fecha 28 de abril de 2023, dictada por la Ministra de Industria, Trabajo y Comercio.
Que en atención a la normativa vigente resulta necesario la aprobación del acto administrativo citado, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas del área, encuadrándose lo establecido en el decreto Nº 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 248 de fecha 28 de abril de 2023 dictada por la Ministra de Industria, Trabajo y Comercio, la que como anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por la Ministra de Industria, Trabajo y Comercio.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Oficial, y pásese al Departamento de Recursos Humanos y Liquidaciones del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio a sus efectos, archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dra. Herminda Mará Gabur
Decreto N 2248
Corrientes, 30 de agosto de 2023
Visto:
El expediente Nº 180-0515/2023 del registro del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio, y Considerando:
Que por las citadas actuaciones tramita la aprobación de la Resolución N 269 de fecha 08 de mayo de 2023, dictada por la Ministra de Industria, Trabajo y Comercio.
Que en atención a la normativa vigente resulta necesario la aprobación del acto administrativo citado, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas del área, encuadrándose lo establecido en el decreto Nº 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 269 de fecha 08 de mayo de 2023 dictada por la Ministra de Industria, Trabajo y Comercio, la que como anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por la Ministra de Industria, Trabajo y Comercio.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al
Decreto Nº 2253
Corrientes, 30 de agosto de 2023
Visto:
El Expediente Nº 026-00764/19 del registro del Instituto de Cultura de Corrientes, y Considerando:
Que, se tramita en autos la aprobación de la Resolución Nº 0334 de fecha 01 de Marzo de 2023, dictada por el Presidente del Instituto de Cultura de Corrientes.
Que, en atención a la normativa vigente resulta necesario aprobar el acto administrativo citado, obedeciendo el dictado de la misma a necesidades operativas de área, atento a las prevenciones establecidas en el Decreto N 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 0334 de fecha 01 de Marzo de 2023 dictada por el Instituto de Cultura de Corrientes, la que como anexo forma parte del presente Decreto.ARTÍCULO 2º: El presente Decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Instituto de Cultura de la Provincia a sus efectos.Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto Nº 2254
Corrientes, 30 de agosto de 2023
Visto:
El Expediente Nº 026-00973-2019 del registro del Instituto de Cultura de Corrientes, y Considerando:
Que, se tramita en autos la aprobación de la Resolución Nº 0347 de fecha 17 de Marzo de 2023, dictada por el Presidente del Instituto de Cultura de Corrientes.Que, en atención a la normativa vigente resulta necesario aprobar el acto administrativo citado, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas de área, encuadrando el presente caso en lo establecido en el Decreto N 612 de fecha 3 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 11 de la Constitución de la Provincia de Corrientes;
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución 0347 de fecha
PAG. Nº 3

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 15/9/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaeseArgentina

Data15/09/2023

Conteggio pagine12

Numero di edizioni532

Prima edizione09/11/2020

Ultima edizione25/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930