Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 23/1/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.688
apartado d, Decreto Nº 3.794/1976, Decreto Nº 349/2022, artículo 1º, punto 4º, debiendo oportunamente verificarse y asegurarse el cumplimiento de la exigencia prevista en el artículo 4º de la Ley Nº 3.079 y su Decreto Reglamentario Nº 4.800/1972, en lo que refiere a la titularidad del inmueble donde se realizará la obra pública.
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el trámite de la Licitación Pública N 22/2022, para la ejecución de la obra:
INTERVENCIÓN RECONSTRUCCIÓN CONDUC TO
P LU V I A L Y R E H A B I L I TAC I Ó N D E C A L Z A DA AV.
PRESIDENTE FRONDIZI CORRIENTES -CAPITAL.
ARTÍCULO 2º: ADJUDÍCASE la Licitación Pública N
22/2022, a Empresa VIAL VICTORIA S.A.S.U. CUIT N 3071644636-7, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS
DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDÓS CON
CUARENTA Y UN CENTAVOS $416.000.322,41.-, lo que representa un aumento del 13,89% respecto del Presupuesto Oficial, a mes básico NOVIEMBRE/2022 y un plazo de ejecución de DOSCIENTOS CUARENTA 240
días corridos.
ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE al Ministro de Obras y Servicios Públicos, a suscribir el pertinente Contrato de Locación de Obras, encuadrando el caso en las previsiones de la Ley de Obras Públicas Nº 3.079, artículo 12, su Decreto Reglamentario Nº 4.800/1972, Decreto N
3.019/1973, en concordancia con lo establecido por Decreto Nº 2.696/1977, artículo 1º, apartado d, Decreto Nº 3.794/1976, Decreto Nº 349/2022, artículo 1º, punto 4º, debiendo oportunamente verificarse y asegurarse el cumplimiento de la exigencia prevista en el artículo 4º de la Ley Nº 3.079 y su Decreto Reglamentario Nº 4.800/1972, en lo que refiere a la titularidad del inmueble donde se realizará la obra pública.
ARTÍCULO 4º: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Recursos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a emitir los libramientos de entrega de fondos a favor de la Unidad Central de Administración de Programas con Financiamiento Internacional UCAPFI Unidad Ejecutora 827 en la Cuenta Corriente N
131593/006 denominada: UCAPFI del Banco de Corrientes SA, contra Tesorería General de la Provincia, por los montos que oportunamente se soliciten para atender los pagos de la Licitación Pública aprobada en el Artículo 1 de la presente, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Corrientes.
ARTÍCULO 5º: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Desembolso de la UCAPFI - Unidad Ejecutora 827, a emitir los libramientos de pago con cargo a la estructura del presupuesto vigente en la Cuenta Corrientes indicada en el Artículo 4, por los montos que oportunamente se soliciten para atender el pago en concepto de la obra que se autoriza por la presente con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Corrientes.
ARTÍCULO 6º: LA Dirección de Administración y Desembolso de la Unidad Central de Administración de Programas con Financiamiento Internacional UCAPFI,
CORRIENTES, 23 DE ENERO DE 2023

atenderá la presente erogación con imputación al: Prog.
24 - Subp. 0 - Proy. 1 - Act./Obra 77 - Partida 422.
ARTÍCULO 7º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Obras y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 8º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrense copias a la Dirección de Administración y Recursos, Unidad Central de Administración de Programas con Financiamiento Internacional UCAPFI, Dirección Registro de Constructores y Consultores del MOSP, notifíquese a la Empresa interesada y pásese al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Sr. Osvaldo Claudio Polich
Decreto Nº 3736
Corrientes, 19 de diciembre de 2022
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: OTÓRGASE un aporte no reintegrable para la Municipalidad de Monte Caseros por un total de PESOS DIEZ MILLONES $10.000.000, como apoyo económico para afrontar los gastos de organización del Carnaval Artesanal de Monte Caseros, con cargo de oportuna y documentada rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a emitir el comprobante de contabilidad del gasto, contra la Tesorería General de la Provincia para atender el aporte otorgado por el artículo 1º.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 4:
COMUNÍQUESE publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Finanzas, al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Corrientes y pásese a la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas Piasentini
Decreto Nº 3713
Corrientes, 19 de diciembre de 2022
Visto:
El expediente Nº 160-23-06-689/2022 en dos cuerpos con el acumulado 160-27-06-716/2022 y agregado por cuerda separada N 160-08-09-1091/2022 caratulado AGBA. S/PRESENTA DOCUMENTACION DE INMUEBLE. CORRIENTES, y Considerando:
Que en estas actuaciones se tramita la compra de terrenos para la construcción del Complejo Religioso y Cultural Santuario del Gauchito Gil, ubicado sobre la Ruta Nacional N123 a 6 km de la Localidad de MercedesCorrientes.
Que a fojas 1 la Administradora de A.G.B.A S.C.A. se dirigió al Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a fin de ofrecer al Estado de la Provincia de Corrientes la
PAG. Nº 5

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 23/1/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaeseArgentina

Data23/01/2023

Conteggio pagine18

Numero di edizioni532

Prima edizione09/11/2020

Ultima edizione25/07/2024

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