Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 17/1/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes
Nº 28.684
CORRIENTES, 17 DE ENERO DE 2023
Sección Administrativa Decretos Decreto Nº 3499
Corrientes, 24 de noviembre de 2022
Dr. Gustavo Adolfo Valdés
Dr. Pedro Braillard Poccard
C. P. Miguel Angel Olivieri Ministro Coordinación y Planificación
Dr. Carlos José Vignolo
Práxedes Ytatí López Ministra de Educación
Dr. Ricardo Alberto Cardozo Ministro de Salud Pública
Ing. Claudio Horacio Anselmo
Dra. Herminda María Gabur Ministro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Buenaventura Duarte Ministro de Seguridad
Osvaldo Claudio Polich
Gustavo Adan Gaya
Visto:
El expediente Nº 953-05903-2022 del registro del Ministerio de Desarrollo Social;
y Considerando:
Que el Ministerio de Desarrollo Social solicita un refuerzo presupuestario con el objeto de afrontar la adquisición de módulos alimentarios para asistencia a familias en estado de vulnerabilidad social.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanza, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Ministerio de Desarrollo Social con el objeto de afrontar los gastos mencionados.
Que el artículo 15 de la Ley Nº 6.594 de Presupuesto 2022 faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que; cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, inciso 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la modificación presupuestaria Nº 380/2022 de la Jurisdicción 02Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571
de Administración Financiera.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio de Desarrollo Social, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Sr. Gustavo Adán Gaya C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini
Decreto Nº 3500
Corrientes, 24 de noviembre 2022
Ministro de Desarrollo Social
Dr. Juan José López Desimoni
Alejandra Eliciri Ministra de Turismo
Dr. Horacio David Ortega C.P. Jorge Antonio Gómez Ministro de Ciencia y Tecnología
Visto:
El expediente Nº 953-06108-2022 del registro del Ministerio de Desarrollo Social;
y Considerando:
Que el Ministerio de Desarrollo Social solicita un refuerzo de partidas presupuestarias con el objeto de afrontar la adquisición de módulos navideños para asistencia a familias en estado de vulnerabilidad social.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas transferirá, de acuerdo a las disponibilidades existentes, el crédito presupuestario necesario al Ministerio de Desarrollo Social.
Que el artículo 15 de la Ley Nº 6.594 de Presupuesto 2022 faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
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