Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/1/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 25 de Enero de 2023

PÁGINA 3

BOLETÍN OFICIAL

el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.Artículo 9: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
ANEXO I
REGLAMENTACIÓN
1. OBJETIVO.
El Programa CHUBUT FORTALECE tiene como objetivo la promoción de espacios ocupacionales transitorios con impacto comunitario, para personas desocupadas en situación de alta vulnerabilidad social procurando su integración social.
2. BENEFICIARIOS.
Los Beneficiarios del presente programa serán aquellas personas desocupadas de ambos sexos y mayores de 18 años hasta los 65 años cuyo ingreso al programa se solicite por las distintas entidades públicas o privadas.La asignación de Beneficiarios del presente Programa en los Municipios y Comunas Rurales, se ejecutara tomando en consideración la cantidad de beneficiarios vigentes que se encontraban incluidos dentro de los Programas Fortalecimiento de Asociaciones Vecinales y el Programa Chubut Asiste, siendo ambos Programas absorbidos y remplazados por el presente.
Asimismo la Autoridad de Aplicación podrá considerar situaciones excepcionales que ameriten la asignación de otros cupos, los que se tramitaran en forma directa ante la Dirección de Recuperación y Promoción del Empleo dependiente de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo de la Secretaría de Trabajo.
3. INCOMPATIBILIDADES.
No pueden ingresar como beneficiarios las personas que tengan un empleo formal registrado, perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo o capacitación otorgado por el Estado Nacional, Provincial o Municipal, que cobren jubilaciones o pensiones contributivas, prestaciones por desempleo o realicen alguna prestación social o de empleo en el estado, Nacional, Provincial, y Municipal.4. TRAMITE DE SOLICITUDES.
Para el acceso de nuevos beneficiarios al presente Programa se instrumentarán y formalizarán mediante solicitud que podrán presentar las Municipalidades, Comunas Rurales y/o Comisiones de Fomento, las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, Organizaciones no Gubernamentales ONG y Fundaciones y entidades deportivas, ante la Dirección de Recuperación y Promoción del Empleo, de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo, dependiente de la Secretaría de Trabajo, la cual evaluará la petición y procederá a autorizarla de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.5. DURACIÓN Y RENOVACIÓN.
Cada solicitud aprobada tendrá una duración de SEIS
6 meses, pudiendo ser prorrogadas a solicitud de la entidad participante.6. CARÁCTER DE LA VINCULACIÓN.

La condición de Beneficiario del Programa no vinculará al beneficiario contractualmente con la entidad participante del mismo o con Estado Provincial.7. CONTRAPRESTACIÓN.
Las personas beneficiarias del Programa CHUBUT
FORTALECE, serán ocupadas en la ejecución de trabajos que serán asignados y controlados por cada entidad solicitante la cual deberá remitir mensualmente a la Dirección de Recuperación y Promoción del Empleo dependiente de la Subsecretaría de Recuperación y Promoción del Empleo una Certificación de Cumplimiento de esta contraprestación correspondiente al listado de beneficiarios a su cargo a los efectos de que el organismo proceda a la liquidación del Beneficio.8. FORMA DEL PAGO.
La percepción de la bonificación mensual será instrumentada a través de orden de pago a nombre del beneficiario, que se librará contra la sucursal del Banco del Chubut S.A. que corresponda, debiendo presentarse personalmente al cobro por ventanilla acreditando su identidad. Previéndose el remplazo paulatino de la forma de pago por la entrega de la Tarjeta Bancaria Chubut Fortalece para el cobro más accesible del Beneficio.9. CARGA HORARIA.
La carga horaria que deberá cumplir el Beneficiario del Programa en las tareas que le asigne la entidad participante será de un total de TREINTA 30 HORAS MENSUALES, distribuidas según el criterio de la misma.10. SEGURO.
Cada beneficiario tendrá un seguro que cubrirá las contingencias que pudieran sufrir por el hecho o en ocasión de las actividades realizadas en el marco del desarrollo del Programa y como consecuencia del mismo. El alcance de la cobertura mencionada se regirá según los términos y condiciones generales pactados entre la aseguradora y la autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación establecerá las pautas y demás condiciones, bajo las cuales se procederá a la contratación del seguro.-

DECRETOS SINTETIZADOS
AÑO 2022

Dto. Nº 1616

22-12-22

Artículo 1.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10 Secretaría General de Gobierno - S.A.F 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente decreto.Artículo 2.- Modificar el Plantel Básico de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace, eliminándose un 1 cargo Nivel VI - Categoría 2 - Agrupamiento Personal de Servicios - Planta Permanente, e

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/1/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data25/01/2023

Conteggio pagine46

Numero di edizioni4371

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione07/08/2024

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