Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 4

BOLETÍN OFICIAL

por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto N 458/
19, y que tiene por objeto dar cumplimiento al Censo Nacional Agropecuario 2018.
Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL
VEINTE.
RICARDO DANIEL SASTRE
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Decreto N 1254
Rawson, 10 de Diciembre de 2020
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la aprobación del Convenio Censo Nacional Agropecuario 2018
suscripto el 17 de julio de 2018, entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos, representado por su Director, Licenciado Jorge Todesca y la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia del Chubut, representada en este acto por la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado de la Provincia, Licenciada Constanza Cardín Quiroga, que se encuentra registrado en el Tomo: 3, Folio: 092, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 16 de agosto de 2018 y ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N 458/19; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 01 de diciembre de 2020 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: XX N 75
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO

DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Declárese el Estado de Emergencia Ígnea en el Área Cordillerana de la Provincia del Chubut, dentro del ámbito de aplicación de la Ley XIX N 32

Lunes 21 de Diciembre de 2020

Decreto N 1224
Rawson, 04 de Diciembre de 2020
VISTO:
El Expediente N 713/2020-SB y las Leyes XIX N 32, XIX N 48 y XVII N 2; y CONSIDERANDO:
Que la Ley XVII N 2 que adhiere a la Ley Nacional N
13.273, la Ley XIX N 32 y la Ley XIX N 48, determinan acciones que tienen por objetivo defender de los incendios a las comunidades vegetales forestales existentes en la Provincia del Chubut promoviendo la adopción de una política activa de prevención;
Que el Servicio Provincial de Manejo del Fuego ha sido creado mediante Ley XIX N 32, y se encuentra, de acuerdo a la Ley I N 566, dentro de la órbita de competencia de la Secretaría de Bosques;
Que las altas temperaturas propician el secado de los combustibles vegetales, permitiendo prever el riesgo de incendios por encima de lo habitual en la temporada de alto riesgo de incendios, determinada en la Ley XIX N 48;
Que es necesario cubrir el período crítico de la temporada de alto riesgo de incendios forestales en la zona cordillerana, con afectación concreta y posible en su expansión en todo el ámbito de aplicación de la Ley XIX
N 32;
Que el Servicio Provincial de Manejo del Fuego, debe adoptar todas las medidas conducentes a la pre supresión y así anticiparse a cualquier tipo de siniestro que pudiera ocurrir, disminuyendo de ese modo sus consecuencias dañosas y perjudiciales;
Que a la fecha, se observa comportamiento de alta intensidad y peligro de propagación del fuego en las quemas que se realizan en sectores rurales con finalidad de eliminación de desechos forestales y agrícolas, situación ante la cual el Servicio Provincial de Manejo del Fuego ha restringido la autorización de quemas preventivamente con fecha anticipada con respecto a otros años;
Que de acuerdo a un informe del Servicio Nacional de Manejo del Fuego, para el trimestre octubre - noviembre diciembre 2020, la zona cordillerana se vería afectada por el fenómeno meteorológico denomina La Niña, con una probabilidad del 79% de alto riesgo, por su mantenimiento en el tiempo;
Que se esperan condiciones meteorológicas críticas en toda la jurisdicción del Servicio Provincial de Manejo del Fuego, y la situación se está corroborando con la ocurrencia de incendios de distinta magnitud y origen, registrándose hasta mediados de octubre de 2020, quince 15 incendios de los cuales siete 7 fueron por uso indebido del fuego o negligencia, y el último incendio ocurrido en la localidad de Cholila afectó una superficie de 72,5 hectáreas, ocasionando pérdidas materiales de infraestructura y de bosque nativo;
Que las condiciones detalladas por el Servicio Provincial de Manejo del Fuego, tornan crítica la situación en la zona cordillerana, con afectación concreta, y posible en su expansión, en todo el ámbito de aplicación de la Ley XIX N 32, cuya emergencia entonces corresponde declarar;
Que la evolución del peligro de incendios en la zona cordillerana amerita tomar medidas preventivas que den

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/12/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data21/12/2020

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4368

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione02/08/2024

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