Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/8/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 28 de Agosto de 2018

BOLETIN OFICIAL

b Cumplir con las medidas de mitigación para los impactos ambientales adversos de la obra.c Informar el monto de inversión.d Verificar que los áridos provengan de canteras ambientalmente habilitadas.Artículo 4.- La presente Disposición tendrá vigencia a partir de la fecha y por un lapso de TREINTA Y
SEIS 36 meses, pasado dicho período de tiempo sin ejecutarse la obra y en caso de querer continuar con el proyecto, se deberá presentar un documento ambiental, de manera actualizada.Artículo 5.- El incumplimiento de los artículos anteriores significará la suspensión inmediata de los efectos de la presente Disposición de Aprobación, sin perjuicio, de las sanciones que pudieran corresponder.-

ACUERDOS
TRIBUNAL DE CUENTAS
ACUERDO DEL TRIBUNAL REGISTRADA BAJO EL
NÚMERO 270/18
En Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los 28 días del mes de mayo de dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo Ordinario los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia; y VISTO: El Expte. N 36.067/2016, caratulado CHUBUT DEPORTES SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA
S/RENDICION DE CUENTAS EJERCICIO 2016;
CONSIDERANDO: Que los responsables de Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta presentan las Rendiciones de Cuentas correspondientes al Ejercicio Económico N 10 iniciado el 01-01-2016 y finalizado el 31-12-2016.
Que con fecha 16 de Mayo de 2018, el Relator Fiscal eleva Informe de Auditoría previsto en el art. 33
de la Ley N V-71, con los papeles de trabajo que lo sustentan.
Que el Contador Fiscal informa que ha verificado las cuentas rendidas en sus aspectos formal, legal, contable, numérico y documental aplicando normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados, y se expide de acuerdo a los términos del mismo art.
33 de la Ley N V-71 , y así solicita la aprobación de las Rendiciones de Cuentas;
Que el Vocal Cr. Sergio Camiña desconoce lo decidido por Acta N 10/17, por los firmantes de la misma.
Por ello EL TRIBUNAL DE CUENTAS ACUERDA:
Primero: Aprobar lo ingresado e invertido legítimamente por CHUBUT DEPORTES SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA, lo que se expone razonablemente en los Estados Contables cerrados al 31 de Diciembre de 2016, dando por finalizadas las tareas de auditoría sobre el mencionado Ejercicio, declarándolos libres de responsabilidad.Segundo: Notificar al Contador Fiscal actuante, Fiscalía N 5 y a los responsables.

PAGINA 17

Tercero: Regístrese y oportunamente ARCHIVESE.
Pte. Dra. Lorena CORIA
Voc. Dr. Tomás Antonio MAZA
Voc. Cr. Sergio CAMIÑA
Voc. Cr. Sergio SÁNCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

ACUERDO DEL TRIBUNAL REGISTRADA BAJO EL
NÚMERO 271/18
En Rawson, Capital de la Provincia de Chubut, a los 28 días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo Ordinario los miembros del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Chubut; y VISTO: El Expediente N 35.668, año 2015, caratulado: POLICIA DE LA PROVINCIA R/ANT.
SUM.ADM. S/INVESTIGACIÓN PTA. INFRACCIÓN ART.
29 INC. 10 DEL RDP ESQUEL AÑO 2013 Expte. N 233/
14-B1-SA; y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo del Tribunal N 41/2018, se formula cargo al Sargento Ayudante Enrique Alejandro STEINKAMP DNI N
21.607.809 por la suma de $ 13.706,07 por la desaparición de su arma reglamentaria pistola calibre 9mm, marca FM HI POWER, modelo DETECTIVE N Serie 416547.Que a fs. 98 el encartado presenta Recurso contra el Acuerdo arriba mencionado dando cuenta que el arma en cuestión se encuentra secuestrada en la Oficina Judicial de la Fiscalía de Esquel.Que a fs. 99/107 se agrega documental que avala lo dicho ut-supra.Que corrida vista al Asesor legal el mismo se expide a fs. 109 mediante Dictamen N 12/18 expresa que el documento agregado a fs. 106 Oficio N 668/15-JUD
acredita, atento la descripción e individualización del número de Serie, el RECUPERO del arma en cuestión, entendido por ello que NO habría un PERJUICIO FISCAL, en consecuencia habrá de hacerse lugar al recurso presentado dejando sin efecto el cargo oportunamente formulado.Que el Vocal Cr. Sergio Camiña desconoce lo decidido por Acta N 10/17 por los firmantes de la misma.Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 65 inc. d 66 de la ley V-71 el TRIBUNAL DE
CUENTAS ACUERDA:
Primero: Hacer lugar al Recurso interpuesto por el Sargento Ayudante Enrique Alejandro STEINKAMP DNI N 21.607.809 contra el Acuerdo N 41/18.Segundo: Dejar sin efecto el cargo formulado al Sargento Ayudante Enrique Alejandro STEINKAMP DNI N
21.607.809, por los fundamentos expuestos en los considerandos que anteceden art. 65 y 66 de la ley V71.Tercero: Regístrese, notifíquese al Sargento Ayudante Enrique Alejandro STEINKAMP.
Comuníquese a Fiscalía de Estado y a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido ARCHIVESE, debien-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/8/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data28/08/2018

Conteggio pagine35

Numero di edizioni4363

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione26/07/2024

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