Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/4/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 12 de Abril de 2017

PAGINA 3

BOLETIN OFICIAL

ción de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V71, según corresponda;
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 2, resultan responsables Director de Administración: Sr.
Pablo Hernando y Tesorero a/c: Sr. Gustavo Picasso de la presentación de las Rendiciones de Cuentas mencionadas:
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E LV E :
Primero: Conminar a los responsables de la CASA
DEL CHUBUT Director de Administración: Sr. Pablo Hernando y Tesorero a/c: Sr. Gustavo Picasso a presentar las Rendiciones de Cuentas correspondientes a la Deuda de Tesorería del Ejercicio 2014 pagada en los meses de Agosto, Noviembre y Diciembre del Ejercicio 2016 dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme a la aplicación de las multas previstas en los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese y cumplido, archívese.
Pte. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Dra. LORENA VIVIANA CORIA
Voc. Cr. OSVALDO FRIC
Voc. Cr. SERGIO SÁNCHEZ CALOT
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

tración Sr. Roberto Oscar Berazategui, el Director General de Administración Lic. Sergio Daniel Flores; el entonces Director de Administración Financiera Sr.
Norberto Oscar Gribachof y el actual Director de Administración Financiera: Sr. Héctor Bazán del Ministerio de Educación;
Por ello EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E LV E :
Primero: Conminar a los responsables del Ministerio de Educación el entonces Director General de Administración Sr. Roberto Oscar Berazategui, el Director General de Administración Lic. Sergio Daniel Flores; el entonces Director de Administración Financiera Sr. Norberto Oscar Gribachof y el actual Director de Administración Financiera: Sr. Héctor Bazán, a dar respuesta a las observaciones pendientes de la Nota Nº 71/16 F. 10, expuestas en el Informe Nº 25/17 F10 dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art.17º, inc. h de la Ley V Nº 71, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme a los artículos 17º, incisos m y n y 41º de la Ley V Nº 71.
Segundo: Regístrese y notifíquese al responsable con copia de la presente, del Informe Nº 25/17 F. 10 y de la Nota Nº 71/16 F10.
Pte. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Dra. LORENA VIVIANA CORIA
Voc. Cr. OSVALDO FRIC
Voc. Cr. SERGIO SÁNCHEZ CALOT
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 33/17.Rawson, Chubut, 17 de MARZO de 2017
VISTO: El Expte.. Nº 34572/2015, caratulado: MINISTERIO DE EDUCACION S /Rendición de Cuentas Ejercicio 2015 SAF 50 FF 111, 325, 347, 379, 411, 413, 426
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 25/17 el Relator a cargo de la Fiscalía Nº 10 da cuenta que el MINISTERIO DE EDUCACION, ha contestado parcialmente las observaciones efectuadas mediante Nota Nº 71/16
F. 10 fojas 123, 124 y 125, recepcionada por dicho organismo el 29/12/16, Que el artículo Nº 35 de la Ley V Nº 71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones pendientes formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días;
Que asimismo el Artículo Nº 40 de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco;
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 10
resultan responsables de la contestación de la nota mencionada el entonces Director General de Adminis-

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 34/17
Rawson Chubut, 17 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 36515, año 2017, caratulado: DIRECCION GENERAL DE RENTAS - S/RENDICION DE CUENTAS J.30 SAF 32 EJERCICIO 2017;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 33/17
el relator a cargo de Fiscalía Nº 2 da cuenta que la DIRECCION GENERAL DE RENTAS no ha dado respuesta a la Nota Nº 05/17- F.2 fs.2.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inc c, según corresponda, de la citada Ley.

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/4/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data12/04/2017

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4346

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione02/07/2024

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