Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/10/2015

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 26

BOLETIN OFICIAL

A efectos de regularizar su situación con este Fisco Provincial, se otorga un plazo improrrogable de diez 10 días desde la notificación de la presente, para manifestar, de forma expresa, conformidad total, parcial o disconformidad, con los ajustes realizados en la Liquidación detallada precedentemente. Transcurrido dicho plazo, sin la conformación de los ajustes propuestos, la Dirección emitirá la correspondiente Resolución Determinativa.De acuerdo al Art. 43º del Código Fiscal Vigente, se aplica sobre el monto de la deuda omitida, MULTA POR
OMISION, graduable desde un 30% a un 200%.
El Art. 47º del Código Fiscal Vigente, prevé los siguientes casos:
Si presta conformidad a la presenta Liquidación e ingresa el pago dentro de los diez 10 días de su notificación:
Al contado, la multa se reduce a un 5%, con lo cual asciende a: $ 2.075,29
Mediante suscripción de Convenio de Pago en Cuotas, la multa se reduce a un 15%, con lo cual asciende a: $ 6.225,86
Si regulariza la deuda en forma posterior al plazo antes mencionado y antes de la notificación de la Resolución Determinativa:
Al contado, la multa se reduce a un 20%, con lo cual asciende a: $ 8.301,15
Mediante suscripción de Convenio de Pago en Cuotas, la multa se reduce a un 25%, con lo cual asciende a: $ 10.376,44
La reducción mencionada en el párrafo precedente, en caso de conformidad, se produce de pleno derecho y sin sustanciación de sumario previo, conforme a lo establecido por el Art. 47º del Código Fiscal Vigente.
La presente oficia de CEDULA DE NOTIFICACIÓN tal cual lo contempla el Art. 91º del Código Fiscal de la Provincia del Chubut.
QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

I: 09-10-15 V: 16-10-15.
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
EDICTO ART. 91º CODIGO FISCAL
Notificamos a Usted por el presente edicto, Resolución Nº 543/15 DGR de fecha 12/08/2015, la cual se transcribe a continuación:
VISTO:
El Expediente N 905/14 - D.G.R. s/Liquidación Impositiva, correspondiente al contribuyente GEMMINA
SA Nº de Inscripción en Ingresos Brutos Convenio Multilateral 913-658278-5 - CUIT Nº 30-70825687-7; y CONSIDERANDO:
Que en uso de las facultades conferidas por el Código Fiscal de la Provincia del Chubut, esta Dirección General de Rentas Provincial, procedió a confeccionar la Liquidación de Deuda Nº 316/14 IB de oficio sobre base cierta art.35º Código Fiscal por los periodos 03a
Viernes 16 de Octubre de 2015

12/13; 01/14 notificada el día 01/08/14;
Que la actividad principal desarrollada por la responsable consiste en Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir n.c.p. excepto calzado, artículos de marroquinería, paraguas y similares CUACM
523390, de acuerdo a lo declarado en el Padrón Web;
Que los anticipos 03, 04, 06, 09 a 12/13; 01/14 han sido presentados sin depósito de fondos;
Que atento ser de aplicación la Ley XXIV Nº 62
corresponde una alícuota del 4% en la posición 03/14
en relación a la actividad Nº 523390, en tanto el contribuyente aplicó una alícuota del 3,5%;
Que deduce retenciones en exceso de SIRCREB, en las pasiones 04 a 05, 09/13 por un importe de $
2.263,43;
Que con fecha 09/06/15 el contribuyente se ha notificado de la Disposición Nº 234/14-DR, mediante la cual se realiza la apertura de sumario en los términos del artículo 51º del Código Fiscal;
Que de acuerdo a lo expuesto, el pago del tributo ha sido ingresado en defecto;
Que conforme las constancias de autos el contribuyente ha incurrido en la conducta típica definida en el articulo 43º del Código Fiscal, esto es omisión de las posiciones 03 a 06, 09 a 12/13; 01/14;
Que la firma no ha interpuesto descargo ante la mencionada Disposición en su defensa;
Que atento a los antecedentes del contribuyente, la multa se graduará en un 35% treinta y cinco por ciento del impuesto omitido, conforme con lo establecido por el artículo 43º del Código Fiscal;
Que el impuesto omitido asciende a la suma de PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO
CON 85/100 $ 19.288,85;
Que la Asesoría Legal ha tomado vista de las actuaciones;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1.- Determinar de oficio sobre base cierta, con carácter parcial, la obligación impositiva de la responsable GEMMINA SA Nº de Inscripción en Ingresos Brutos Convenio Multilateral 913-658278-5 - CUIT Nº 30-70825687-7 con domicilio en San Martin Nº 1451 en la localidad de MendozaMendoza, por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral de acuerdo al anexo adjunto que pasa a formar parte de la presente, teniendo en cuenta los considerandos que anteceden.
Artículo 2.- Intimar al contribuyente a ingresar dentro de los diez 10 días de notificada la presente, la deuda fiscal con más el interés resarcitorio que fija el artículo 38º conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente y que asciende a la suma de PESOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 02/100 $ 25.360,02 calculada al 14/08/15.
Artículo 3.- Clausurar el sumario instruido mediante Disposición Nº 234/14-DR, e imponer al contribuyente, una multa correspondiente al treinta y cinco por ciento 35% del impuesto omitido, en virtud de encontrarlo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/10/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data16/10/2015

Conteggio pagine28

Numero di edizioni4353

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 2015>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031