Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/9/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 28

BOLETIN OFICIAL

Valor Ley XXIV Nº 17 de los meses de Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.014 y Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2.015 por el Buque: SAGRADO CORAZON Matrícula Nº 1900;
Que a la fecha no ha dado cumplimiento a las obligaciones formales establecidas en el Código Fiscal vigente;
Que el Art. 41º de la Ley XXIV Nº 38 sanciona a los infractores a los deberes formales establecido en la Ley Ritual Tributaria, con multas graduables entre uno 1 y cien 100 módulos, cada uno de ellos con un valor de PESOS TREINTA $30 y en caso de tratarse de personas de existencia jurídica, los valores de las multas se incrementan en un 20 % veinte por ciento;
Que acreditado el incumplimiento del deber fiscal tipificado en el Artículo 23º inciso 1, corresponde aplicar la sanción prevista en el artículo 41º de la Ley XXIV Nº 38;
Que las sanciones establecidas por la presente son independientes de las que pudieran corresponder por omisión o defraudación;
Que la sanción atribuida en la presente se aplica de oficio sin sustanciación de sumario previo, conforme lo establece el artículo 51º del Código de Rito;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º y 10º del Código Fiscal vigente;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales de esta Dirección General;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE:
Artículo 1.- Aplicar al Contribuyente M.P.S. FISH
S.R.L. - CUIT Nº 30-71117656-6, con domicilio en Laprida Nº 1344, de la ciudad de Mar del Plata provincia de Buenos Aires, una multa por incumplir la obligación de presentar en tiempo y forma las declaraciones juradas y de no realizar los pagos correspondientes al Valor Ley XXIV Nº 17 de los meses de Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.014 y Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2.015
por el Buque: SAGRADO CORAZON Matrícula Nº 1900, en un valor de treinta 30 módulos cada omisión, más un incremento del 20% ascendiendo a la suma total de PESOS VEINTIOCHO MIL OCHENTA $
28.080,00, ello en base a lo expuesto en los considerandos que anteceden.Artículo 2.- Intimar al Contribuyente para que en el plazo de diez 10 días de notificado de la presente ingrese a la orden de la Dirección General de Rentas la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL OCHENTA $
28.080,00.Artículo 3.- Hacer saber que conforme lo dispuesto por el artículo 66º de la Ley XXIV Nº 38, le asiste el derecho de interponer Recurso de Reconsideración dentro de los quince 15 días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.Artículo 4.- De acuerdo a las facultades conferidas en el artículo 23º del Código Fiscal, se intima para que en un plazo de diez 10 días de efectuado el ingreso,
Martes 15 de Septiembre de 2015

remita constancia de pago a la Dirección de Recaudación de este Organismo sita en Alejandro Maíz y Pje.
Ezcurra de la ciudad de Rawson bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite, el titulo ejecutivo para el cobro por vía apremio.Artículo 5.- Regístrese, notifíquese al interesado con copia de la presente y cumplido Archívese.La presente Resolución ha sido firmada por el Director General de Rentas Cr. Pablo Oca.QUEDAN USTEDES DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.I: 15-09-15 V: 21-09-15.
INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y
DESARROLLO URBANO
CEDULA DE NOTIFICACION
Señor/a GHISLA Federico Sector 4 Edificio 36 Departamento I
Barrio 1140 Viviendas - Plan FONAVI Código 91
9000 COMODORO RIVADAVIA - CHUBUT
Se notifica al Señor GHISLA, Federico DNI N
7.810.834, de la siguiente Resolución, RAWSON CH; 19
de Agosto de 2015, VISTO: El Expediente N 991/12SIPySP/ipv, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N764/83-IPVyDU, se otorgó en carácter de Adjudicación a favor del señor GHISLA, Federico la unidad habitacional de Tres 3 dormitorios identificada como Sector 4, Edificio 36, departamento I del Barrio 140
Viviendas-Plan FONAVI - Código 91 de la Ciudad de Comodoro Rivadavia; Que de acuerdo a los antecedentes obrantes en el presente Expediente, la Vivienda no es ocupada por el titular y su grupo familiar, habiéndoseles efectuado las notificaciones legales correspondientes, sin haber aportado las pruebas que hacen a su derecho por no ocupación; Que siendo necesario regularizar la situación ocupacional del inmueble en cuestión, se debe dictar en consecuencia el acto resolutivo pertinente; Que por Decreto N 134/13 se designa al Presidente del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, quien ejerce las facultades, funciones y atribuciones que la Ley XXVN 5 le otorga al Directorio del Organismo; POR ELLO: EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA
Y DESARROLLO URBANO RESUELVE: Artículo 1: Dejar sin efecto la Adjudicación otorgada a favor del Señor GHISLA, Federico, LE N 7.810.834 mediante Resolución N 764/83 IPVyDU sobre la Vivienda de Tres 3
dormitorios, identificada como: Sector 4, Edificio: 36, Departamento I del Barrio 1140 Viviendas-Plan FONAVI - Código 91 de la Ciudad de Comodoro Rivadavia, por no ocupación, de acuerdo a los considerandos precedentes.- Artículo 2: En virtud de la caducidad de la Adjudicación resuelta por el Artículo 1 el Señor GHISLA, Federico LE N 7.810.834 y su cónyuge la Señora MOLINER, Olga, DNI 10.195.214, quedan impedidos de acceder en el futuro como Bene-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/9/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data15/09/2015

Conteggio pagine30

Numero di edizioni4349

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione05/07/2024

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