Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: APRUEBASE PROGRAMA PROVINCIAL
DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA ESTUDIANTES DE MEDICINA

Dto. Nº 726/15
Rawson, 02 de Junio de 2015

Viernes 12 de Junio de 2015

como autoridad de aplicación del Programa;
Que tanto la Dirección de Becas y Políticas Compensatorias del Ministerio de Educación como el Señor Ministro de Educación, avalan la aprobación del Programa Provincial de Becas Universitarias para Estudiantes de Medicina;
Que por todo lo expuesto, se considera oportuno aprobar el documento que establece los lineamientos para la implementación del Programa Provincial de Becas Universitarias para Estudiantes de Medicina;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
VISTO:
El Expediente N 1523-ME-15; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita la aprobación de la reglamentación del Programa Provincial de Becas Universitarias para Estudiantes de Medicina;
Que la política educativa provincial asume el compromiso de promover acciones que garanticen la formación universitaria de los jóvenes;
Que en ese marco es conveniente sustentar una formación sólida en materia de salud para la construcción de un proyecto de sociedad con futuro;
Que es estratégico promover la distribución equitativa de profesionales por todo el territorio de la provincia del Chubut, fortaleciendo así el sistema de salud y contribuyendo a la equidad social en la misma;
Que entre las acciones que se generan desde el sistema educativo, se tiende a fortalecer y acompañar a los estudiantes que han elegido el cuidado de la salud como su proyecto profesional;
Que mediante Ley VIII - N 56 se crea el sistema provincial de apoyo estudiantil;
Que en el Artículo 6º de la mencionada Ley se proponen las becas como una modalidad de apoyo estudiantil para los estudiantes universitarios;
Que la Dirección de Becas y Políticas Compensatorias del Ministerio de Educación implementará el Programa Provincial de Becas Universitarias para Estudiantes de Medicina;
Que es propósito del Programa promover el acceso y prosecución de los estudios universitarios, estimular en el alumno el mejoramiento de su rendimiento académico, a la vez que motivarlo a la superación de circunstancias adversas a su desempeño académico;
Que se han definido los fundamentos, objetivos generales, bases y condiciones de los becarios;
Que el Programa Provincial de Becas Universitarias para Estudiantes de Medicina se desarrollará a partir del 1 de abril del año 2015;
Que los estudiantes becados que no cumplan las condiciones establecidas perderán el beneficio de la beca;
Que es necesario crear la Comisión de Becas
Artículo 1.- APROBAR la reglamentación del Programa Provincial de Becas Universitarias para Estudiantes de Medicina que como Anexo I, forma parte del presente Decreto.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación, de Salud y de Coordinación de Gabinete.
Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.Dr. MARTIN BUZZI
JUAN CARLOS GARITANO
Lic. RUBEN OSCAR ZARATE
ANEXO I
PROGRAMA PROVINCIAL DE BECAS UNIVERSITARIAS PARA ESTUDIANTES DE MEDICINA
Capítulo l -Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento regirá términos y formas de otorgamiento de becas para todos los estudiantes universitarios de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco UNPSJB
que cursen la carrera de Medicina.
Artículo 2.- La beca tiene por finalidad la selección de becarios que estén distribuidos equitativamente por todo el territorio de la Provincia del Chubut, tanto por comarca como por localidad, para que de esta forma existan profesionales en cada una de las regiones que conforman la Provincia, fortaleciendo así, el sistema de salud de la misma.
Artículo 3.- Se denomina beca a toda ayuda económica y/o servicios de carácter complementario, destinada a satisfacer necesidades que posean los/as alumnos/as y que le posibiliten proseguir con sus actividades académicas. El sistema de becas tiene los siguientes objetivos:
a Promover el acceso y prosecución de estudios universitarios a aquellos alumnos que tengan:
Un nivel académico y regularidad en los estudios, acorde con las exigencias del presente Reglamento.
Una situación socioeconómica tal, que le dificulte solventar las erogaciones inherentes al cursado de sus

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/6/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data12/06/2015

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4349

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione05/07/2024

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