Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2015
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 8
BOLETIN OFICIAL
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N
413/07.
Res. N 1745
10-12-14
Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES con 91/100
$9.263,91, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley Provincial XVIII N32, otorgado al Sr. Oscar
Emilio SIMOS, D.N.I. N 7.821.286, mediante la Resolución N 737/10.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS CINCO con 41/100
$22.305,41, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de abril de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N737/10.-
Res. N 1746
10-12-14
Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos DOCE
MIL TRES con 76/100 $ 12.003,76, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley Provincial XVIII N32, otorgado a la Sra. Gloria Ada SANTIBAÑEZ, D.N.I.
N6.701.208, mediante la Resolución N95/13.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos QUINCE MIL CIENTO SESENTA Y DOS con 40/100
$15.162,40, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de abril de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO, el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N95/13.-
Res. N 1747
10-12-14
Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos VEINTE MIL QUINIENTOS SEIS con 73/100 $20.506,73, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Ley
Lunes 16 de Marzo de 2015
Provincial XVIII N 32, otorgado a la Sra. María Flor POLA, D.N.I. N 11.372.191, mediante la Resolución N700/12.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS
con 79/100 $35.966,79, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de mayo de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301113.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N 700/12.-
Res. N 1748
10-12-14
Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS con 35/100 $866,35, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Docente Ley provincial N3923, otorgado a la Sra. Marta Mabel MACRI, L.C. N 6.438.608, mediante la Resolución N362/05.
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO con 18/
100 $4.958,18, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de mayo de 2014, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.
Artículo 4 DEJAR SIN EFECTO el haber inicial establecido como consecuencia de la Resolución N362/05.
Res. N 1749
10-12-14
Artículo 1 DETERMINAR en la suma de pesos DOS
MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE con 26/100
$2.887,26, el valor del haber inicial de la Jubilación Ordinaria Docente Ley provincial N3923, otorgado a la Sra. Isabel Laura MOSQUEIRA, D.N.I. N 10.473.8511, mediante la Resolución N 108/06 .
Artículo 2 DETERMINAR en la suma de pesos CATORCE MIL CUARENTA Y CUATRO con 57/100
$14.044,57, el valor del haber de dicha prestación a partir del mes de diciembre de 2013, desde cuando deberá liquidarse el nuevo monto, teniendo en cuenta la fecha de solicitud del recalculo y lo dispuesto en la Resolución N 1301/13.
Artículo 3 El monto establecido en el Artículo 2
deberá ser incrementado en el caso que correspondiera en concepto de movilidad, por variaciones no consideradas al momento del dictado de la presente Resolución.