Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/5/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Viernes 17 de Mayo de 2013

Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social - Programa 22 - Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 1 Partida Parcial 2 - Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio año 2013.

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 515
Dto. Nº 477

06-05-13

Artículo 1.- Sancionar con la cesación de servicios, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, al agente TENORIO Diego Walter Andrés M.l N
28.055.041 Clase 1980, quien cumple funciones de Servicio en la Planta Transitoria, de la Dirección de Despacho y Administración de Personal, del Ministerio de la Producción, por inasistencias injustificadas, encuadrando su conducta en lo establecido por la Ley I - N 74, Artículo 74, inciso c, por aplicación del Artículo, cuarto párrafo de la Ley I - N 341.-

Dto. Nº 505

06-05-13

Artículo 1º.- APROBAR lo actuado en la Licitación Privada N 033/11-SS que tramitara en el Expediente N
1068/11 de la Secretaría de Salud.
Artículo 2.- DISPONER la baja del Patrimonio del Estado Provincial, del vehículo individualizado como: marca Ford F 7000 D - modelo año 1987, Dominio UDX 303 Motor Marca Perkins N PA6492507 - Chasis marca Ford NKB6LHF-25679 con caja de carga cerealera metálica, que se encuentra registrado a nombre de la Subsecretaría de Salud.Artículo 3.- INCORPORASE al Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados Autofinanciados para el Ejercicio 2013 en la Jurisdicción 1 - Administración Central 21 - Recursos Propios de Capital, 1 - Venta de Activos, 3 - Venta de Maquinarias y Equipos, Fuente de Financiamiento 111 - Rentas Generales, la suma de PESOS SETENTA MIL $ 70.000.-.Artículo 4.- INCORPORASE al Cálculo de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados Autofinanciados para el Ejercicio 2013
en la Jurisdicción 70, SAF 70 Secretaría de Salud, Programa 39 -Equipamiento Sanitario, Fuente de Financiamiento 111 Rentas Generales - Inciso 4 - Partida Principal 3 - Partida Parcial 2 - Subparcial 0 - Ubicación Geográfica 11999 - Finalidad 3 - Función 310 - Ejercicio 2013, la suma de PESOS SETENTA MIL $ 70.000.-.-

Dto. Nº 506

07-05-13

Artículo Io.- OTÓRGASE a partir de la fecha del presente Decreto, la pensión prevista en el Artículo 3º inciso d de la Ley XIX N 16, a favor del Señor AGERO, Carlos César D.N.I. N 23.466.354, con domicilio en calle San Martín N 697 de la ciudad de Puerto Madryn, quien prestara servicios en la Asociación Bomberos Voluntarios de la mencionada localidad.

09-05-13

Artículo 1º.- Rectifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 1963/12, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- Mensualízase al señor DANIEL, Adrián Claus Clase 1980 - M.I. N 28.193.878 en el cargo Agrupamiento A, Clase I, Grado I, Categoría 9 con 40
horas semanales de labor, Ley I N 105, para cumplir funciones como Odontólogo en el Hospital Rural Lago Puelo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2012.
Artículo 2º.- Rectifícase el Artículo 2º del Decreto Nº 1963/12, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2.- Aféctase al Programa de Mejora de la Calidad Institucional, al señor DANIEL, Adrián Claus Clase 1980 - M.I. N 28.193.878 para cumplir funciones como Odontólogo en el Hospital Rural Lago Puelo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto.
Artículo 3.- Rectifícase el Artículo 3º del Decreto Nº 1963/12, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3.- Establécese que el señor DANIEL, Adrián Claus Clase 1980 - M.I. N 28.193.878 con funciones como Odontólogo en el Hospital Rural Lago Puelo dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, percibirá la retribución prevista en el Artículo 8º del Decreto N
460/07 reglamentario de la Ley I N 335 y sus modificatorias.

Dto. Nº 516

09-05-13

Artículo 1.- Otórgase Título de Propiedad a favor de los señores: NORMA MEISEN DNI 10.509.908 y DIEGO ALBERTO FARIAS DNI 11.365.494, de conformidad con lo prescripto por la Ley I N 157 del Digesto Jurídico, sobre la superficie de CUATROCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO
DECÍMETROS CUADRADOS 460 m2., 35 dm2., determinada por el Lote 3 de la Manzana 19 de Puerto Pirámides, DEPARTAMENTO BIEDMA, de esta Provincia, en condominio y en partes iguales.Artículo 2.- Por intermedio de la Escribanía General de Gobierno se procederá a efectuar la correspondiente Escritura traslativa de dominio.Artículo 3.- El INSTITUTO AUTÁRQUICO DE COLONIZACIÓN Y FOMENTO RURAL procederá a efectuar su inscripción por ante el Registro de la Propiedad Inmueble.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/5/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data17/05/2013

Conteggio pagine30

Numero di edizioni4353

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione12/07/2024

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