Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/8/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 15 de Agosto de 2012

BOLETIN OFICIAL

Roca de la localidad de Río Mayo, en el Registro Provincial de Generadores y Operadores de Sustancias Peligrosas, como Generador de Residuos Peligrosos de las categorías sometidas a control Y8 desechos de aceites minerales no aptos para el uso al que estaban destinados, Y9 mezclas y emulsiones de desechos de aceites y agua o de hidrocarburos y agua, e Y48
sólidos contaminados con las corrientes Y8 e Y9 definidas en el Anexo I de la Ley Nº 24.051, a partir de la fecha de la presente.Artículo 2º.- Como Generador de Residuos Peligrosos, la empresa FORCAS S.R.L. deberá llevar un Libro de Registro de operaciones, rubricado y foliado, donde consten cronológicamente la totalidad de las operaciones realizadas incluyendo: fecha, generador/sitio de origen, manifiestos de transporte, certificados de disposición final, incidentes y demás requisitos exigidos por la legislación vigente.Artículo 3º.- La presente Disposición tendrá vigencia de UN 1 año a partir de la fecha de la presente.Artículo 4º.- El efluente generado a partir de posibles derrames en las cámaras decantadoras no podrá ser vertido a un cuerpo receptor sin previo tratamiento que asegure la calidad de los recursos.Artículo 5º.- La empresa deberá presentar protocolos analíticos que avalen lo mencionado en el artículo precedente.Artículo 6º.- Los efluentes que presenten características peligrosas deberán ser gestionados como residuos peligrosos presentando la documentación que acredite su correcta gestión.Artículo 7º.- La empresa deberá presentar previo al retiro de los residuos peligrosos generados, la relación contractual con la/s empresa/s encargada/s del retiro, transporte, tratamiento y/o disposición final de los mismos.Artículo 8º.- La empresa deberá presentar CUARENTA Y CINCO 45 días antes de la fecha de vencimiento la documentación necesaria para proceder a la renovación de la inscripción correspondiente.Artículo 9º.- La empresa FORCAS S.R.L. deberá comunicar en forma inmediata dentro de las VEINTICUATRO 24 horas a este Ministerio toda vez que se produzca un hecho que pueda generar daño al ambiente.-

Disp. Nº 199

02-08-12

Artículo 1º.- Renovar la inscripción con el Nº 342 a la empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC con domicilio legal en Leandro N. Alem 1180 Capital Federal, como Generador de las categorías sometidas a control Y1
Desechos clínicos de la atención medica prestada en hospitales, centros médicos y clínicas para la salud humana y animal e Y3 Desechos de medicamentos y productos farmacéuticos para la salud humana y animal, definidas en el Anexo I de la Ley Nº 24.051, en el REGISTRO PROVINCIAL DE GENERADORES Y OPERADORES DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, a partir de la fecha de la presente.Artículo 2º.- Como Generador de Residuos Peligrosos deberá llevar un Libro de Registro rubricado y
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foliado, donde consten cronológicamente la totalidad de las operaciones realizadas, incluyendo cantidades generadas, destino, manifiestos de transporte, certificados de Disposición Final, incidentes y otros.Artículo 3.- La empresa deberá presentar CUARENTA Y CINCO 45 días antes de la fecha de vencimiento, la documentación necesaria para proceder a la renovación de inscripción correspondiente.Artículo 4º.- La presente Disposición tendrá una vigencia de UN 1 año a partir de la fecha de la presente.Artículo 5º.- La empresa deberá comunicar en forma inmediata a este Ministerio dentro de las VEINTICUATRO 24 horas toda vez que se produzca un hecho que pueda generar daño al ambiente.-

Disp. Nº 200

02-08-12

Artículo 1º.- RENOVAR la inscripción con el Nº 358
a la empresa SOLUTIONS PROVIDER S.R.L. con domicilio legal en calle Los Andes Nº 542 de la ciudad de Comodoro Rivadavia, en el Registro Provincial de Generadores y Operadores de Sustancias Peligrosas, como Transportistas de Residuos Peligrosos de las categorías sometidas a control Y6 desechos resultantes de la producción, la preparación y la utilización de disolventes orgánicos, Y8 desechos de aceites minerales no aptos para el uso al que estaban destinados, Y9 mezclas y emulsiones de desechos de aceites y agua o de hidrocarburos y agua, Y12 desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices, Y16 desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de productos químicos y materiales para fines fotográficos, Y18 residuos resultantes de las operaciones de eliminación de desechos industriales, Y31 Plomo, compuestos de plomo, Y34
soluciones ácidas o ácidos en forma sólida, Y42
Disolventes orgánicos, con exclusión de disolventes halogenados e Y48 sólidos contaminados con Y8, Y9, Y12, Y16, Y18, Y31, Y34 e Y42 definidas en el Anexo I de la Ley Nº 24.051, a partir de la fecha de la presente.Artículo 2º.- Las Unidades de Transporte y los conductores autorizados por la presentes para el transporte de Residuos Peligrosos se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Disposición, y que deberá ser portada por el conductor del vehiculo.Artículo 3º.- Como Transportista de Residuos Peligrosos, la empresa SOLUTIONS PROVIDER S.R.L. deberá llevar un Libro de Registro de operaciones, rubricado y foliado, donde consten cronológicamente la totalidad de las operaciones realizadas incluyendo: fecha, generador/sitio de origen, manifiesto de transporte provincial, tipo de residuos peligrosos, cantidades de residuos peligrosos, conductores, dominio de vehículos, destino y observaciones.Artículo 4º.- La empresa SOLUTIONS PROVIDER
S.R.L. deberá comunicar en forma inmediata dentro de las VEINTICUATRO 24 horas a este Ministerio toda vez que se produzca un hecho que pueda generar daño al ambiente.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/8/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data15/08/2012

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4353

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione12/07/2024

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