Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 16 de Marzo de 2012

diente de la Dirección General de Canal 7 de la Subsecretaría de Medios y Comunicación Pública de la Secretaría Privada de la Gobernación.Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 23 - Secretaría General de la Gobernación -SAF 25 Subsecretaría de Medios y Comunicación Pública - Programa 17 -Transmisión Televisiva, Informativa y Cultural -Actividad 1 - Transmisión Televisiva, informativa y Cultural.-

Dto. N 317

PAGINA 3

BOLETIN OFICIAL

09-03-12

Artículo 1.- DEJASE sin efecto el Decreto N 449
de fecha 16 de abril de 2010.
Artículo 2.- DESÍGNASE al señor Ministro de la Familia y Promoción Social, señor Adrián Darío MADERNA
M.I. N 26.459.365 y al señor Subsecretario de Desarrollo Humano y Familia, señor Oscar Eulalio CHEUQUE
M.I. N 13.814.778, como representantes de la Provincia del Chubut en el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, en el marco de la Ley N 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y su Decreto Reglamentario N 415/
2006.

Artículo 5.- Abónese al profesional mencionado en el Artículo anterior, la retribución del cargo como Director Asociado Administrativo Contable del Hospital Zonal Trelew dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud, en la Jerarquía 6 - Categoría 15 del cargo Agrupamiento A, Clase I, con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley I N 105 a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 6.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará en la Jurisdicción 70
- Ministerio de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos de Personal - del Servicio Administrativo Financiero 72
- Programa 19 - Atención Médica Hospital de Trelew Actividad 1 - Atención Médica Hospital de Trelew y Servicio Administrativo Financiero 78 - Programa 16 Atención Médica Zona Noreste - Actividad 1 -Atención Médica Zona Noreste del Presupuesto para el año 2012.

RESOLUCION
SECRETARÍA DE PESCA

Dto. N 319

09-03-12

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la designación de la Contadora ZAZZETTI, María Soledad Clase 1979 - MI.
N 27.322.427 en el cargo que venía ejerciendo como Directora Asociada Administrativa del Hospital Zonal Trelew dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud, efectuada por Decreto N 307/11, a partir de la fecha del presento Decreto.
Artículo 2.- Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto a la Contadora ZAZZETTI, María Soledad Clase 1979 - MI. N 27.322.427 como Directora Asociada Administrativa Contable de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud, en la Jerarquía 8 - Categoría 17 del cargo Agrupamiento A, Clase I, con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley I N 105 y en virtud de! Artículo 3º de la Ley I N 141.
Artículo 3.- Abónese a la profesional mencionada en el Artículo anterior, la retribución del cargo como Directora Asociada Administrativa Contable de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud, en la Jerarquía 8 - Categoría 17 del cargo Agrupamiento A, Clase I, con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley I N 105 a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 4.- Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto al Contador LECHELT, Walter Gustavo Clase 1972 - MI. N 22.260.528 como Director Asociado Administrativo del Hospital Zonal Trelew dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud, en la Jerarquía 6 - Categoría 15
del cargo Agrupamiento A, Clase I, con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley I N 105 y en virtud del Artículo 3o de la Ley I N141.

Resolución N 35/12
Rawson Chubut, 05 de Marzo de 2012
VISTO:
El Expediente 378/12-SP, el Convenio Marco suscripto el día 5 de enero de 2006, entre la provincia del Chubut y la provincia de Santa Cruz para la regulación y ordenamiento de las pesquerías con artes de arrastre en el Golfo San Jorge, la Ley Provincial IX Nro.
75 antes Ley Nro. 5639, la Disposición 13/00
DGIMyPC, la Resolución Nº 127/06 SP, la Resolución Nº 205/98, la Resolución Nº 028/12-SP y la Resolución Nº 118//11-SP;
CONSIDERANDO:
Que el Expediente Nro. 378/12-SP enmarca las Resoluciones de la pesquería de langostino patagónico en la temporada 2012;
Que por el Convenio de Administración Conjunta suscripto entre las Provincias de Chubut y Santa Cruz, se establecieron las cláusulas que regularán y ordenarán las pesquerías con artes de arrastre con la finalidad de lograr la explotación ecológicamente sustentable de los recursos vivos entre las provincias firmantes:
Que la Disposición Nº 13/2000-DGIMyPC establece un área de pesca exclusiva para la operatoria de la flota menor 21 metros de eslora frente a las costas de Comodoro Rivadavia;
Que la Resolución Nº 127/06 SP establece una zona de veda para la protección del recurso langostino en el área de Robredo;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 16/3/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data16/03/2012

Conteggio pagine20

Numero di edizioni4366

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione31/07/2024

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