Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/8/2011

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Lunes 15 de Agosto de 2011

Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
Cr. VICTOR HUGO CISTERNA

DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Modifícase el Artículo 1
del Decreto 575/11.
Dto. N 1135/11.
Rawson, 08 de Agosto de 2011
VISTO:
El expediente N 1248/11 - DGR; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1977/10 se dejó sin efecto el Decreto N 1440/07, el cual prorrogaba sine die, la vigencia de la Ley XXIV N 40 antes Ley 5455;
Que a posteriori, razones de política económica llevaron a prorrogar sucesivamente la vigencia de los beneficios de la mencionada ley, hasta el 1 de junio del 2011, mediante el dictado de los Decretos N 130/11 y N 575/11;
Que la Ley XXIV N 40 antes Ley 5455, estableció un régimen de incentivos por cumplimiento fiscal para contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos - Directos y de Convenio Multilateral - radicados y con jurisdicción sede de Convenio Multilateral en esta Provincia;
Que no obstante haber desaparecido las razones que justificaron las prórrogas del beneficio otorgado, resulta de interés para la Administración Tributaria conservar el mencionado estímulo durante un período que permita la adaptación y ajuste por parte de los contribuyentes, a las nuevas condiciones en las que las operaciones económicas deberán ser pactadas;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Modifícase el artículo 1 del Decreto 575/11, el que quedará redactado déla siguiente manera:
Artículo 1.- Déjase sin efecto el Decreto 1440/07
a partir del 1 de enero del 2012, de acuerdo a los considerandos que anteceden.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y Coordinación gabinete.

PODER EJECUTIVO: Convócase a Comicios para la Cobertura de Cargos de Jueces de Paz en la Localidad de Telsen.
Dto. N 1136/11.
Rawson, 08 de Agosto de 2011
VISTO:
El Expediente N 161-11-SJ, los artículos 184 y 256
de la Constitución Provincial, la Ley V N 3 y Ley V N
78; y, CONSIDERANDO:
Que la Constitución Provincial en el Artículo 184
establece dos mecanismos para la elección de Jueces de Paz, uno que resulta de la intervención del Consejo de la Magistratura y de los Concejos Deliberantes de las Municipalidades, aplicable a los casos de los Jueces de Paz de Comodoro Rivadavia, Dolavon, El Maitén, Esquel, Gaiman, Gobernador Costa, Lago Puelo, Puerto Madryn, Rawson, Río Mayo, Sarmiento, Trelew, Trevelin; y otro que resultará del voto popular, en elección directa convocada a ese efecto, para el resto de los Jueces de Paz, siempre que no fueran incluidos por Ley posterior dentro del mecanismo de selección fijado en la primera parte del Artículo mencionado;
Que la Ley V N 3 antes Ley N 37 establece que por igual período, procedimiento y requisitos establecidos para los Jueces de Paz Titulares, se nombran o eligen, en su caso, en el mismo acto dos 2 Jueces de Paz Suplentes para cada Distrito Judicial, por lo que en la misma convocatoria a elección deberán incorporarse a los mismos;
Que corresponde por lo tanto convocar a elecciones provinciales para la cobertura de los cargos de Juez de Paz Titular y Jueces de Paz Suplentes Primero y Segundo, del Juzgado de Paz de la localidad de Telsen cuyos mandatos fenecen el día 9 de diciembre del año 2011;
Que podrán ser candidatos las personas que reúnan los requisitos fijados por el Artículo 185 de la Constitución Provincial;
Que en todo lo pertinente al acto eleccionario a convocar correspondería la aplicación del Código Electoral Nacional Ley N 19.945 y sus modificatorias;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/8/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data15/08/2011

Conteggio pagine45

Numero di edizioni4368

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione02/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2011>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031