Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/2/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 15 de Febrero de 2010

BOLETIN OFICIAL

VISTO:
El artículo 38º del Código Fiscal Ley XXIV Nº 38, la Ley Nº 3098 y sus modificatorias y la Resolución General Nº 08/2009 de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral 18.8.77; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 3098
y sus modificatorias, los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos encuadrados en el Convenio Multilateral, los que desarrollan actividad gravada fuera de los ejidos municipales, continuarán tributando en esta Dirección General;
Que en virtud a lo dispuesto por el artículo 139º de la Ley XXIV Nº 38 y sus modificatorias, corresponde adherir a la Resolución General Nº 08/2009 de la Comisión Arbitral a efectos de establecer el calendario de vencimientos para el año 2010 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes que liquidan el mismo bajo las normas del Convenio Multilateral y fijar la fecha de presentación de la Declaración Jurada Anual Formulario CM 05;
Que visto el feriado provincial correspondiente al Día del Petróleo establecido por Ley Provincial Nº 2258, corresponde adecuar las fechas de vencimiento para el anticipo Noviembre de 2010;
Que es necesario fijar las fechas de vencimiento de los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, período fiscal 2010, para los contribuyentes directos de la jurisdicción que desarrollen actividad gravada fuera de los ejidos municipales;
Que asimismo resulta conveniente establecer la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada anual para los contribuyentes directos de la jurisdicción que desarrollen actividad gravada fuera de los ejidos municipales, incluyendo aquellos contribuyentes que estuvieren exentos;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 54º del Código Fiscal es facultad de la Dirección General de Rentas fijar los vencimientos de las obligaciones tributarias.
POR ELLO:
La Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut
RESUELVE:

actividad gravada fuera del ámbito de los ejidos municipales, el quince 15 del mes siguiente al de la obtención de los ingresos imponibles, o hábil inmediato posterior, como fecha de vencimiento para el pago de los anticipos correspondientes al ejercicio fiscal. Esta disposición no incluye a aquellos contribuyentes a quienes la Dirección General haya otorgado exenciones de acuerdo a la legislación vigente.
Artículo 3º.- Establecer que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2009 para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividad gravada fuera del ámbito de los ejidos municipales operará el 30 de junio del año 2010.
Artículo 4º.- REGISTRESE, notifíquese a las dependencias de esta Dirección General, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
Cr. PABLO ALEJANDRO OCA
Director General Dirección General de Rentas I: 09-02-10 V: 15-02-10
ANEXO I
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
CONVENIO MULTILATERAL

ANTI
CIPO

01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
11
12

Artículo 1º: Adherir a lo establecido por la Resolución General Nº 08/2009 de la Comisión Arbitral de Convenio Multilateral, adoptando el 30 de Junio del año 2010
como fecha de vencimiento para la presentación del Formulario CM 05 del año 2009 Declaración Jurada Anual, para los contribuyentes encuadrados en este régimen y, para el pago de anticipos mensuales, las fechas de vencimiento detalladas en el Anexo I que forma parte de la presente, con arreglo a lo señalado en los considerandos que anteceden. Esta disposición incluye a aquellos contribuyentes a quienes la Dirección General haya otorgado exenciones de acuerdo a la legislación vigente.
Artículo 2º.- Establecer para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen
PAGINA 3

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Octubre 2010
Noviembre 2010
Diciembre 2010
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CONTRIBUYENTES CON NUMERO DE
INSCRIPCION
TERMINADOS EN DIGITO VERIFICADOR
0/1
2/3
4/5
6/7
8/9
Día Día Día Día Día 15
16
17
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19
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RESOLUCIONES SINTETIZADAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
AÑO 2009

Res. Nº 1045

13-10-09

Artículo 1º: Extender a favor del contribuyente DON
JULIO S.A. Inscripto en el Convenio Multilateral bajo el Nº 907-322168-2 CUIT Nº 30-70951320-2 con domici-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/2/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data14/02/2010

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4349

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione05/07/2024

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