Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/2/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Lunes 8 de Febrero de 2010

PODER EJECUTIVO: Autorízase al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano para que suscriba los contratos de obra y dé inmediato inicio a las obras incluidas en su presupuesto para el presente ejercicio que aún no hayan sido objeto de la remisión de fondos nacionales comprometidos.

DECRETOS PROVINCIALES
Dto. N 85/10.
Rawson, 01 de Febrero de 2010.
PODER EJECUTIVO: Acéptase renuncia al cargo de Subsecretario de Comercio Exterior e Inversiones.
Dto. N 35/10.
Rawson, 15 de Enero de 2010.
VISTO:
El Expediente N 00204-MCG-2010; y CONSIDERANDO:
Que por el citado Expediente en el Visto, se tramita la renuncia del señor José Ignacio BELLORINI, al cargo de Subsecretario de Comercio Exterior e Inversiones dependiente del Ministerio de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones;
Que no existe impedimento legal para acceder a lo solicitado;
Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que el Asesor General de Gobierno, interviene en el presente trámite;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1.- Acéptase a partir del 13 de Enero de 2010, la renuncia del señor José Ignacio BELLORINI
M.I. Nº 26.865.272 - Clase 1978, al cargo de Subsecretario de Comercio Exterior e Inversiones dependiente del Ministerio de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones.Artículo 2º.- Agradécense al señor José Ignacio BELLORINI, los importantes servicios prestados en el desempeño de sus funciones.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones, y de Coordinación de Gabinete.Artículo 4.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
Lic. EDUARDO FABIAN ARZANI

VISTO:
Los programas en ejecución a través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano; y CONSIDERANDO:
Que el presupuesto para la ejecución de los referidos programas previó recursos asignados a la Provincia por distribución efectuada desde la Nación según leyes específicas o convenios marcos para cada operatoria y aportes provinciales;
Que es de público conocimiento la falta de remisión en tiempo y forma por parte de los Organismos Nacionales involucrados de los recursos comprometidos para la financiación de las obras como así también del otorgamiento de no objeciones por parte de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación para los proyectos presentados;
Que atento el firme compromiso provincial de ejecutar las obras públicas programadas y presupuestadas dado el fin social que involucra a las mismas tanto respecto a sus beneficiarios directos como así también en lo referente a mantenimiento de niveles de ocupación del sector de la construcción, es procedente optimizar los recursos provinciales a fin de posibilitar la concreción de los diferentes proyectos involucrados;
Que a tal fin corresponde autorizar al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano para que suscriba los contratos de obra y dé inmediato inicio a las obras incluidas en su presupuesto para el presente ejercicio que aún no hayan sido objeto de la remisión de fondos nacionales comprometidos destinando al efecto recursos provinciales disponibles, prescindiendo incluso del otorgamiento de la no objeción por parte de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación;
Que la autorización debe hacerse extensiva para el pago en tiempo y forma de certificados de obras en ejecución;
Que asimismo se debe ratificar lo actuado por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano en el marco de los lineamientos expuestos en la presente norma;
Que en función de lo expuesto precedentemente el Ministerio de Economía y Crédito Público podrá realizar la gestión de cobro de la deuda vinculada a programas ejecutados o en ejecución a través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano con financiamiento nacional;
Que por su parte y a efectos de la implementación de los programas que ejecuta el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano corresponde facultar al Presidente de este mismo Instituto y al Ministro de Eco-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/2/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data07/02/2010

Conteggio pagine18

Numero di edizioni4349

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione05/07/2024

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