Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/2/2009

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 9 de Febrero de 2009

BOLETIN OFICIAL

do por el artículo 105 de la Ley Nº 1987, Decreto reglamentario Nº 1330/81 y Decreto Nº 116/82.
Artículo 3.- Abónese a las agentes mencionadas en los artículos 1º y 2º la bonificación especial remunerativa no bonificable por el desempeño en el cargo, en los términos del artículo 22 de la Ley 1987.
Artículo 4.- Descuéntese a la agente Claudia Alejandra GAITAN la bonificación citada precedentemente, por el período de ausencia en el cargo.
Artículo 5.- El gasto que demande el presente trámite será imputado en la Jurisdicción 62 - Secretaría de Hidrocarburos y Minería Programa 16: Desarrollo Minero Actividad Específica 2 Control de Regalías
Ejercicio 2009.

SECRETARÍA DE SALUD

Res. N XXI-09

29-01-09

Artículo 1º.- Reconócese el Adicional Remunerativo por Coordinación General a los profesionales consignados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución con funciones a cargo de los Departamentos Capacitación de las Direcciones Provinciales Areas Programáticas Esquel y Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, previsto por el Artículo 4º último párrafo del Decreto Nº 460/07 y sus modificatorias, por un monto fijo mensual remunerativo de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS $ 3.655,50, a partir del 01 de octubre de 2008 y hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Artículo 2º.- Otórgase el Adicional Remunerativo por Coordinación General a los profesionales consignados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución con funciones a cargo de los Departamentos Capacitación de las Direcciones Provinciales Areas Programáticas Esquel y Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, previsto por el Artículo 4º último párrafo del Decreto Nº 460/07 y sus modificatorias, por un monto fijo mensual remunerativo de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS $ 3.655,50, a partir del 01 de enero de 2009
y hasta el 30 de septiembre del mismo año.
Artículo 3º.- El Adicional establecido por el Artículo 2º de la presente Resolución podrá ser suspendido o dejado sin efecto por razones de oportunidad y conveniencia o cuando el agente cese de prestar los servicios bajo las modalidades y características que le fueron requeridas.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 Gastos en Personal - Programa 52UEPGSS Actividad 1 - UEPGSS, del Presupuesto para el año 2009.

PAGINA 3
ANEXO I

APELLIDO Y
NOMBRE

REARTE
Walter Antonio
CACERES
Alejandro Javier
DOCUMENTO CLASE

18.095.389

17.129.385

Res. N XXI-10

1966

1964

ESTABLECIMIENTO

MONTO
FIJO

DESDE

HASTA

Departamento Capacitacion Direc.
Prov. Area Prog.
Esquel
$ 3.655,50

01/10/08

30/09/09

Departamento Capacitación Direc.
Prov. Area Prog. Com.
Rivadavia $ 3.655,50

01/10/08

30/09/09

29-01-09

Artículo 1º.- Reconócese el Adicional por Beneficios Especiales y/o Premios previsto por el Decreto N 1178/00 al agente KLAPPENBACH Federico Agustín M.I. N 24.882.124 Clase 1975 con funciones en la Dirección Provincial Recursos Físicos en Salud dependiente de la Subsecretaría de Gestión Institucional de la Secretaría de Salud, en un monto fijo mensual de PESOS SETECIENTOS
$ 700.- a partir del 01 de agosto de 2007 y hasta el 01 de abril de 2008.

Res. N XXI-11

29-01-09

Artículo 1º.- Reconócese al Doctor KASIAÑUK
INTERSIMONE Juan José M.I. N 25.255.207
Clase 1976 con funciones en el Hospital Rural Gastre, Dirección Provincial Área Programática Norte de la Secretaría de Salud, el Adicional previsto en el Artículo 4º segundo párrafo del Decreto Nº 460/07 y sus modificatorias, en un monto fijo mensual de PESOS DOSCIENTOS $ 200.-, a partir del 01 de noviembre de 2008 y hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Artículo 2º.- Otórgase al Doctor KASIAÑUK
INTERSIMONE Juan José M.I. N 25.255.207
Clase 1976 con funciones en el Hospital Rural Gastre, Dirección Provincial Área Programática Norte de la Secretaría de Salud, el Adicional previsto en el Artículo 4º segundo párrafo del Decreto Nº 460/07 y sus modificatorias, en un monto fijo mensual de PESOS DOSCIENTOS $ 200.-, a partir del 01 de enero de 2009 y hasta el 31 de octubre del mismo año.
Artículo 3º.- El Adicional establecido por el Artículo 2º de la presente Resolución podrá ser suspendido o dejado sin efecto por razones de oportunidad y conveniencia o cuando el agente cese de prestar los servicios bajo las modalidades y características que le fueron requeridas.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en la Jurisdicción 70 - Secretaría de Salud Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 52- UEPGSS
Inciso 3 Principal 4 Parcial 2, del Presupuesto para el año 2009.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/2/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data09/02/2009

Conteggio pagine13

Numero di edizioni4355

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione16/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Febrero 2009>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728