Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/10/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Vetar parcialmente el Articulo 2 del Proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial, con fecha 16 de Septiembre de 2008, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 076/08-PHL.
Dto. N 1250/08.
Rawson, 01 de Octubre de 2008.
VISTO:
El Expediente Nº 5933-MCG-08; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se propicia la promulgación del Proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial, en fecha 16 de Septiembre de 2008, por el cual se declara en estado de emergencia ambiental el Golfo San José por la aparición del Alga Undaria pinnatifida;
Que a criterio de este Poder Ejecutivo dicha declaración deviene imperiosamente necesaria a raíz de las disvaliosas consecuencias que acarrea el Alga Undaria pirmatifída;
Que por el Artículo 2 del citado Proyecto de Ley se crea el Comité de Emergencia para la extracción y control de Undaria pinnatifida, el cual estará integrado por representantes de los Ministerios de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones, la Secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut y la Administración del Área Natural Protegida Península Valdés, que tendrá como finalidad la elaboración y ejecución de un plan integrado contra el alga Undaria pinnatifida y la administración del crédito especial que se crea por el Artículo 3 de la misma;
Que conforme la Nota Nº 787/08-SP, de la Secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut se solicita la eliminación de la Administración del Área Natural Protegida Península Valdés del Artículo 2 de dicho Proyecto de Ley, atento que así se había acordado con los demás organismos intervinientes;
Que asimismo la Nota Nº 752/08-MCETI, el Ministerio de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones considera que sería necesario omitir del Artículo 2º del citado Proyecto a la Administración del Área Natural Protegida Península Valdés, en virtud de que su inclusión en el mismo resulta redundante, debido a que este Ministerio es la Autoridad de Aplicación de ese Organismo Descentralizado;
Que en función de las consideraciones expuestas anteriormente este Poder Ejecutivo considera que debe
Lunes 20 de Octubre de 2008

vetarse la integración de la Administración del Área Natural Protegida Península Valdés en el Articulo 2 del proyecto sancionado por la Honorable Legislatura Provincial;
Que es dable señalar a sus efectos que el veto propiciado no afecta la unidad del citado Proyecto de Ley, ni su autonomía normativa;
Que en uso de la facultad que le otorga el Articulo 142 de la Constitución Provincial este Poder Ejecutivo considera necesario vetar parcialmente el Proyecto de Ley sancionado;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1.- Vetar parcialmente el Articulo 2 del Proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial, con fecha 16 de Septiembre de 2008, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 076/08PHL el día 17 de Septiembre de 2008, en cuanto dispone y la Administración del Área Natural Protegida Península Valdés como integrante del Comité de Emergencia creado por el mismo Artículo.Artículo 2.- Comuníquese a la Honorable Legislatura Provincial.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 1258

01-10-08

Artículo 1.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados no Autofinanciados para el Ejercicio 2008, la suma d e P E S O S U N M I L L O N S E I S C I E N TO S M I L $
1.600.000.- en la Jurisdicción 50, SAF 50 SAF
Ministerio de Educación.Artículo 2.- Modifícase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados no Autofinanciados para el Ejercicio 2008, en la Jurisdicción 30, S.A.F 30SAF Ministerio de Economía y Crédito Público, en la Jurisdicción 50, S.A.F. 50- SAF Ministerio de Educación, y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91- SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro.Artículo 3.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/10/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data20/10/2008

Conteggio pagine22

Numero di edizioni4351

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione10/07/2024

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