Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/7/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 6

BOLETIN OFICIAL

Artículo 5.- La agente Diana Mercedes RODRÍGUEZ
M.I.N 11.675.678 - Clase 1955, percibirá la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el que subroga, en la medida que desempeñe las funciones asignadas, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 105 del Decreto Ley N 1987, reglamentado por el Artículo 1, Punto II, Apartado 2 del Decreto N 116/82.Artículo 6.- Reubícase a partir de la fecha del presente Decreto, a las agentes Teresa Lilia BLANCO M.I.N 6.178.462 - Clase 1949, quien revista en el cargo Jefe de Departamento Desarrollo Económico - Agrupamiento Personal Jerárquico -Clase II - Categoría 16 Planta Permanente, en el Departamento Licitaciones y Compras, y María Alejandra TABISI M.I.N 16.464.597 Clase 1963, quien revista en el cargo Jefe de Departamento Licitaciones y Compras, del mismo agrupamiento y planta, en el Departamento Desarrollo Económico, dependientes de las Direcciones de Administración, y de Gestión Operativa, ambas de la Dirección General de la Casa de la Provincia del Chubut del Ministerio de Coordinación de Gabinete, respectivamente.Artículo 7.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete -S.A.F. 11 Programa 20 - Representación de la Provincia - Actividad 1 - Representación Oficial.

Dto. Nº 846

02-07-08

Artículo 1.- APRUÉBASE el proyecto industrial presentado por la firma TEXTIL WORLD S.R.L., con domicilio en Avenida La Plata y Epuyén Norte del Parque Industrial de Trelew, para la instalación de un establecimiento para la elaboración de cerámica roja.
Artículo 2.- ADJUDÍCASE en venta a la firma TEXTIL WORLD S.R.L., una superficie de tierra de VEINTE
MIL METROS CUADRADOS 20.000 m2 identificada como parcelas 2 y 3, Macizo 35 del Parque Industrial de Trelew.
Artículo 3.- La adjudicataria ingresará, dentro de los TREINTA 30 días de notificado el presente Decreto, a la Tesorería General de la Provincia, por intermedio de la Dirección de Industria, un monto que sumado a la reserva ya ingresada, signifique un DIEZ POR CIENTO
10% del valor vigente para las tierras a la fecha en que se realice el pago complementario. Dicho ingreso significará la total conformidad de la firma solicitante con las tierras adjudicadas en venta, como así con las obligaciones que emanan del Decreto N 1239/06 y de las demás reglamentaciones que rigen la instalación y funcionamiento de empresas dentro del Parque Industrial de Trelew, y el uso de los servicios del mismo. La diferencia entre la cantidad abonada hasta el momento de la posesión de las tierras y el valor vigente para la misma a dicha fecha, podrá hacerse efectiva hasta en CUATRO 4 cuotas trimestrales de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 del Decreto N 1239/06.Artículo 4.- La Escritura Traslativa de Dominio será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno una vez cumplimentados todos los requisitos legales, debiendo iniciar las tramitaciones correspondientes dentro de los SEIS 6 meses de la fecha del presente,
Jueves 10 de Julio de 2008

en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 13
del Decreto N 1239/06.Artículo 5.- Notificase a la firma TEXTIL WORLD
S.R.L. que cualquier modificación, ya sea de actividad o razón social, deberá contar con la aprobación previa y expresa del Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería.
Artículo 6.- HÁGASE saber a la firma TEXTIL WORLD
S.R.L. que previo al inicio de sus actividades productivas deberá recabar la autorización expresa del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-

Dto. Nº 847

02-07-08

Artículo 1.- SUBSIDIASE a partir del mes de Septiembre de 2007 en las Obras Públicas en curso de ejecución, en las contratadas, en las adjudicadas y en las que se encuentran en proceso de licitación con apertura de ofertas con fecha anterior a la firma del Acta - Acuerdo, todas correspondientes a las zonas de los Departamentos Rawson, Biedma y Gaiman, el cincuenta por ciento 50% del costo de la ayuda alimentaria acordada mediante Acta - Acuerdo de fecha 27 de Agosto de 2007 por las empresas contratistas y la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina U.O.C.R.A., Seccional Trelew, Delegación Puerto Madryn.
Artículo 2.- La Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos reglamentará la metodología para efectuar el cálculo y pago de la suma reconocida en el artículo 1 del presente Decreto.

RESOLUCION
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 218/08.
Rawson, 03 de julio de 2008.
VISTO:
El artículo 42º del Código Fiscal y sus modificatorias y la Resolución Nº 352/02 MH, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 42º del Código Fiscal y sus modificatorias, establece que mediante Resolución del Ministerio de Economía y Crédito Público se jijará el interés mensual proporcional calculado sobre la tasa nominal anual pasiva del Banco de la Nación Argentina para operaciones en pesos a aplicarse a los Planes de Facilidades de Pago que otorgue la Dirección General de Rentas;
Que en virtud de la facultad otorgada según lo expresado en el párrafo precedente, el Ministerio de Economía y Crédito Público emitió la Resolución mencionada en el Visto fijando la tasa de interés mensual a aplicarse en los Planes de Facilidades de Pagos otorgados por esta Dirección General de Rentas sobre la base del

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/7/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data10/07/2008

Conteggio pagine19

Numero di edizioni4368

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione02/08/2024

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