Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/6/2007
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
Lunes 25 de Junio de 2007
Dto. Nº 610
BOLETIN OFICIAL
07-06-07
Artículo 1º.- OTORGUESE a la MUNICIPALIDAD DE
GAIMAN, representada por su Intendente Dn. Raúl Milton MAC BURNEY, un subsidio no reintegrable por la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL
$ 1.650.000,00 que será destinado a la compra de equipamiento, ampliación de instalaciones y tareas complementarias, a fin de mejorar la producción frutihortícola de la comarca en las instalaciones ubicadas en su ejido.
Artículo 2º.- El subsidio será utilizado dentro de los treinta 30 días de recibido y deberá ser rendido dentro de los sesenta 60 días de invertido, por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 3º.- El gasto que demande el presente se imputará al SAF 65 del Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería Programa 17 Unidad de Gestión Comarcal Actividad 1 Ubicación Geográfica 4227
IPP 586 Fuente de Financiamiento 111.
Dto. Nº 613
07-06-07
Artículo 1º.- Autorízase al señor Raúl FERNANDEZ
DNI Nº 17.389.149 Ministro de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones, a participar de la comisión de servicios a cumplirse en la ciudad de Sao Paulo Brasil, entre los días 11 al 15 de junio del corriente año.
Artículo 2º.- Fíjese en PESOS TRES MIL CIENTO
NOVENTA Y OCHO CON 15/100 $ 3.198,15 el total de viáticos a percibir durante la comisión de servicios al exterior autorizada por el Artículo 1º del presente Decreto.
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma de PESOS SEIS MIL CIENTO SETENTA Y TRES CON 10/
100 $ 6.173,10 será imputado de la siguiente manera:
Jurisdicción 64 SAF 64 Ministerio de Comercio Exterior, Turismo e Inversiones Programa 1 Inciso 3
Principal 7 Parcial 2 Viáticos para el personal y contratados; PESOS TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO $ 3.255,00 y en el Programa 1 Inciso 3
Principal 7 Parcial 1 Pasajes para personal y contratados; PESOS DOS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 10/100 $ 2.918,10 ambos UG 11999 Fuente de Financiamiento 111 Ejercicio 2007.
Dto. Nº 620
07-06-07
Artículo 1º.- Designar al señor Subsecretario de Gestión Institucional de la Secretaría de Salud, Dr. Ignacio Salvador HERNANDEZ, como Coordinador General de la Unidad Ejecutora Provincial de Gestión de Servicios de Salud UEP-GSS.
Artículo 2º.- Designar a la Directora General de Economía y Administración Sanitaria, de la Secretaría de Salud, Cra. Viviana E. YOUGLAR, como Coordinadora Administrativa de la Unidad Ejecutora Provincial de Gestión de Servicios de Salud UEP-GSS.
Artículo 3º.- Los funcionarios que se designan en la UEP-GSS mediante los artículos 1º y 2º del presente Decreto, cumplirán con las tareas asignadas en sus res-
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pectivos cargos sin perjuicio del cumplimiento de las misiones y funciones que oportunamente les fueran asignadas en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial.
Dto. Nº 621
07-06-07
Artículo 1.- Incorpórase al Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados no Autofinanciados para el Ejercicio 2007, la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO $ 427.625,- en la Jurisdicción 70, SAF 70 SAF Secretaría de Salud.
Artículo 2º.- Modifícase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados no Autofinanciados para el Ejercicio 2007 en la Jurisdicción 65, SAF 101
SAF UEPIAG Central.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Coordinación de Gabinete.
Artículo 4.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.
Dto. Nº 624
07-06-07
Artículo 1º.- RECHAZAR el recurso de reconsideración interpuesto por la señora Marianela Soledad Paz DNI 30.883.567 por ser formalmente inadmisible.
Dto. Nº 625
08-06-07
Artículo 1- MODIFICASE, a partir de la fecha del presente Decreto, la estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Coordinación de Gabinete.Articulo 2- APRUÉBASE la creación de la Casa de Representación de la Provincia del Chubut París-Francia y la creación de la Casa de Representación de la Provincia del Chubut Miami-EE.UU., con dependencia directa del Señor Ministro Coordinador de Gabinete.Artículo 3.- APRUEBANSE las Misiones y Funciones de las Casas creadas por el artículo 2º del presente Decreto, conforme a los Anexos II y III que forman parte integrantes del presente Decreto;
Artículo 4.- FACULTASE a los distintos Ministros y/
o Secretarios de Estado para que designen un representante de su cartera, quien, ante el Ministro Coordinador de Gabinete, manifestará y presentará planes, programas y proyectos referentes a la órbita de su competencia.ANEXO II
MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE GABINETE
DIRECCIÓN CASA DE REPRESENTACIÓN DE
LA PROVINCIA DEL CHUBUT - PARIS-FRANCIA
MISIÓN:
Difundir información respecto a la Provincia en todo lo atinente a turismo, inversiones, cultura, deportes,