Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/2/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 6 de Febrero de 2007

BOLETIN OFICIAL

28 de noviembre de 2006 y hasta la fecha de emisión del presente acto administrativo;
Que ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Economía y Crédito Público;
POR ELLO:
El Ministro de Economía y Crédito Público
RESUELVE:
Artículo 1º.- RENUEVASE la contratación por un nuevo período contractual de 1 uno año contado a partir de las 12 horas del día 28 de noviembre de 2006, y con vencimiento a las 12 horas del día 28 de noviembre de 2007, con Provincia Seguros S.A. de la cobertura de la totalidad de los seguros para los Puertos y Muelles Almirante Storni y Luis Piedrabuena de Puerto Madryn, Puerto Rawson y Puerto de Comodoro Rivadavia, ello en virtud de los considerandos que anteceden.Artículo 2º.- AUTORIZASE a efectuar la presente contratación en moneda extranjera en el marco del artículo 20º del Decreto Reglamentario Nº 777/06.Artículo 3º.- El gasto que demande la presente contratación que asciende estimativamente a la suma de $
1.554.076,63 pesos un millón quinientos cincuenta y cuatro mil setenta y seis con sesenta y tres centavos se imputará a la Jurisdicción 91 SAF 91 Programa 93 Actividad 1 Fuente de Financiamiento 111 Ubicación Geográfica 11999 Inciso 3 Principal 5 Parcial 4.Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Gestión Presupuestaria.Artículo 5º.- REGISTRESE, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.Cr. ALEJANDRO LUIS GARZONIO
SERGIO ENRIQUE SARDA

SECRETARÍA DE PESCA
Resolución N 15/07.
Rawson, 25 de Enero de 2007.
VISTO:
El Expediente N 077/07-SP, las Leyes N 26, N
1229 y N 4725 y la Resolución N 332/06 y los resultados de los análisis de las muestras de fitoplancton y de moluscos informados por la Facultad de Ciencias Naturales y el Departamento de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental de la Secretaría de Salud, respectivamente, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N 348/06-SP, se vedó en forma preventiva la captura de moluscos bivalvos y
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gasterópodos en el Golfo Nuevo a partir del 28 de septiembre de 2006, en virtud de la detección de valores de Veneno Paralizante de Moluscos V.P.M. superiores a las 400 U.R.;
Que la vigencia de la citada veda estaba condicionada a los resultados de los análisis para la determinación de toxinas que se realicen en el Programa de Monitoreo de Marea Roja y Toxicidad en Moluscos Bivalvos y Gasterópodos;
Que los análisis de fitoplancton tóxico realizadas por el Laboratorio de Hidrobiología de la Facultad de Ciencias Naturales de la UNPSJB, indican que no se registra la especie productora de toxinas paralizantes en las muestras;
Que las determinaciones realizadas por el Departamento de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental dependiente de la Secretaría de Salud, correspondientes a las muestras tomadas en el Golfo Nuevo durante la última campaña del mes de enero, en el marco del programa antes mencionado, revelan valores de V.P.M. por debajo de las 400 U.R.;
Que dichos valores determinan que su consumo no constituye riesgo para la salud humana y por tanto es procedente habilitar la extracción de moluscos bivalvos y gasterópodos en el Golfo Nuevo;
Que asimismo, se continuará con las campañas de monitoreo estipuladas en el Programa mencionado en los párrafos precedentes;
Que la Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Pesca;
POR ELLO:
El Secretario de Pesca
RESUELVE:
Artículo 1.- HABILITASE a partir de las 00:00 hora del día de la fecha de la presente Resolución la extracción de moluscos bivalvos y gasterópodos en el Golfo Nuevo.
Artículo 2.- El producto de la pesca deberá ser transportado, procesado y comercializado de acuerdo a lo establecido por la Autoridad Sanitaria.
Artículo 3.- Las infracciones a la presente Resolución serán sancionadas en el marco de la legislación vigente.
Artículo 4.- La continuidad de la presente habilitación estará condicionada a los resultados de los análisis para la determinación de toxinas que se realicen a partir de la fecha y a cumplimiento del Sistema de Monitoreo establecido por la presente Resolución.
Artículo 5.- REGISTRESE, comuníquese a los interesados, a las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.
Tec. JUAN CARLOS BERON
Secretario de Pesca Provincia del Chubut

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/2/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data06/02/2007

Conteggio pagine19

Numero di edizioni4363

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione26/07/2024

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