Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/10/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

Miércoles 12 de Octubre de 2005

BOLETIN OFICIAL

tra la resolución 062/05;
Que la mencionada resolución es producto de un recurso jerárquico interpuesto a Fs. 447 y ssgs. En consecuencia, estamos en presencia de un recurso jerárquico presentado contra una resolución que resolvió también un recurso jerárquico, el cual resulta improcedente toda vez que con la resolución en crisis ha quedado agotada la vía administrativa;
Que si bien la Ley 920 no establece expresamente que con dicho recurso queda agotada la mencionada vía, podemos realizar una aplicación analógica del Decreto reglamentario de la Ley 19549, el cual establece en su artículo 90 in fine hablando del recurso jerárquico que el mismo será resuelto por el Poder Ejecutivo agotándose la instancia administrativa.
Que resulta improcedente el actual mecanismo por el cual se pretende impugnar la mencionada resolución, toda vez que El recurso jerárquico no puede reiterarse por ante el Poder Ejecutivo contra la denegación producida en un anterior recurso jerárquico interpuesto contra un acto de un órgano inferior. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo 4, 8va. Edición, pag. X-10.;
POR ELLO
El Subsecretario de Trabajo de la Provincia del Chubut RESUELVE:
ARTICULO 1: Declarar improcedente el recurso jerárquico interpuesto;
ARTICULO 2: Confirmar la resolución 062/05, remitiendo las presentes actuaciones a la delegación Regional Trelew a tales fines;
ARTICULO 3: Notifíquese a las partes de la presente resolución y cumplido archívese.JERÓNIMO JUAN JESÚS GARCIA
Subsecretario de Trabajo Provincia del Chubut
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Res. N XIII-427

Res. N XIII-428

INSTITUTO AUTARQUICO DE COLONIZACION Y
FOMENTO RURAL

Res. Nº 683

29-09-05

Artículo 1º.- Mantener vigentes los valores y condiciones establecidos por la Resolución Nº 221/03 para la tierra fiscal libre de mejoras con aptitud pastoril.
Artículo 2º.- Fijar para el día 15 de diciembre de 2005 la fecha de vencimiento para el pago de las cuotas de Amortización de Venta y de Derechos de pastaje de la Tierra Fiscal Rural, bajo jurisdicción de este Organismo.
I: 11-10-05 V: 13-10-05

28-09-05

Artículo 1.- RECONOCER las quinientas cuarenta y nueve 549 horas extraordinarias realizadas en el mes de febrero de 2005, las doscientas sesenta y tres 263 horas extraordinarias realizadas en el mes de enero de 2005 y las cuatrocientas ocho 408 horas extraordinarias realizadas en el mes de diciembre de 2004, por Personal Administrativo, Obrero y de Servicio perteneciente a distintos establecimientos educativos y áreas administrativas.
Artículo 2.- ESTABLECER que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputada a la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación Programa 1: Conducción del Sistema Educativo - Actividad 1 - Conducción y Ejecución del M.E. - Programa 17:
Educación General Básica - Programa 18: Educación Polimodal - Ubicación Geográfica 11999 - Fuente de Financiamiento 111.

Res. N XIII-429

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

28-09-05

Artículo 1.- RECONOCER las cuatro mil setecientas setenta y ocho 4.778 horas extraordinarias realizadas en el mes de mayo de 2005, las doscientas sesenta y tres 263 horas extraordinarias realizadas en el mes de abril de 2005 y las doscientas ochenta y seis 286
horas extraordinarias realizadas en el mes de febrero de 2005, por Personal Administrativo, Obrero y de Servicio perteneciente a distintos establecimientos educativos y áreas administrativas.
Artículo 2.- ESTABLECER que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución fueron imputadas a la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación - Programa 1: Conducción del Sistema Educativo - Actividad Específica 1 - Conducción y Ejecución del M.E. Programa 17: Educación General Básica - Programa 18:
Educación Polimodal - Programa 19: Educación Superior - Actividad Específica 1 - Formación Docente - Ubicación Geográfica 11999 - Fuente de Financiamiento 111.

28-09-05

Artículo 1.- EXCEPTUAR el presente trámite del criterio de irretroactividad por aplicación del Artículo 32, Punto 3 del Decreto Ley N 920.
Artículo 1.- ACEPTAR el Traslado Provisorio Interjurisdiccional a escuelas dependientes de la Supervisión Seccional Región VI de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, a partir del 17 de Agosto de 2005 y hasta la finalización del presente por el período lectivo, interpuesto por la Bibliotecaria Titular de la Escuela N
10 del distrito de La Plata, Provincia de Buenos Aires, señora FABRELLO, María de los Angeles M.I. N
17.711.570 Clase 1966.

Res. N XIII-430

28-09-05

Artículo 1.- EXCEPTUAR el presente trámite del criterio de irretroactividad por aplicación del Artículo 32, Punto 3 del Decreto Ley N 920.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 12/10/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data12/10/2005

Conteggio pagine34

Numero di edizioni4353

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione12/07/2024

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