Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/7/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 6 de Julio de 2005

BOLETIN OFICIAL

Artículo 3º.- RESTITUYENSE las garantías presentadas por las firmas oferentes.

Dto. Nº 1010

24-06-05

Artículo 1º.- RECONOCESE a partir del 01 de Marzo de 2005 y hasta la fecha del presente Decreto, al Profesor Fernando Horacio PORLAY MI Nº 17.747.669 - Clase 1967 el desempeño efectuado en el ejercicio de las funciones inherentes al cargo de Director General de Recreación y Turismo Social, dependiente de la Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social.
Artículo 2º.- DESIGNASE a partir de la fecha del presente Decreto al Profesor Fernando Horacio PORLAY MI Nº 17.747.669 - Clase 1967 en el cargo de Director General de Recreación y Turismo Social, dependiente de la Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social.
Artículo 3º.- OTORGASE a partir de la fecha del presente Decreto, al profesional designado en el Artículo precedente, el Adicional por Jerarquía Profesional, conforme lo establecido por el Artículo 22º - Inciso g del Decreto Ley Nº 1987, reglamentado por el Decreto Nº 1330/81, sustituido por Decreto Nº 509/84.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será afectado a la Jurisdicción 12
- Secretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social Programa 23 - Actividad Específica 1 - Recreación y Turismo Social.

Dto. Nº 1011

24-06-05

Artículo 1º.- DENIEGASE por resultar inconveniente la solicitud de rebaja de pena por el interno Hugo Andrés MORALES.

Dto. Nº 1012

24-06-05

Artículo 1º.- REUBICASE a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, en el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Clase I - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo a l a a g e n t e PA S T R I A N , N a t a l i a L o r e n a M I N º 24.133.797 - Clase 1974 cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase II - Agrupamiento Personal técnico Administrativo Planta Temporaria de la citada Subsecretaría conforme lo establecido por el Artículo 100º del Decreto Ley 1987.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público, SAF 33 - Programa 7: Conducción y Ejecución de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público.

Dto. Nº 1013

24-06-05

Artículo 1º.- DENIEGASE por resultar inconveniente la solicitud de rebaja de pena a favor del interno Sebastián Omar REYES.

Dto. Nº 1014

PAGINA 3
24-06-05

Artículo 1º.- AUTORIZASE el adelanto de PESOS
TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO
CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS $ 36.324,68 a la Dirección de Administración del Ministerio de Producción a los fines de transferir dicha suma de acuerdo a los considerandos del Expediente Nº 4915/05 M.P.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y cuyo monto estimado asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS $ 36.324,68 será imputado a la jurisdicción:
60 - Ministerio de la Producción - Programa: 25: Actividades Logística, Actividad 1 - Ubicación Geográfica 11999 - Inciso Principal y Parcial 3-9-9, Fuente de Financiamiento 111 - Ejercicio 2005.

Dto. Nº 1015

24-06-05

Artículo 1º.- ADJUDICASE a la empresa CALCE
S.R.L., con domicilio legal en la calle Alsina Nº 720 de la ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, la Licitación Pública Nº 65/04 Obra: AMPLIACION ESCUELA Nº 97
en Las Pampas, por un monto de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS $ 625.890,51, a valores básicos del mes de Enero de 2005, con un plazo de ejecución de DOSCIENTOS DIEZ 210 días corridos, por ajustarse su presentación a las condiciones del Pliego de Bases y Condiciones y resultar su oferta alternativa técnica y económicamente la más conveniente a los intereses de la Provincia.
Artículo 2º.- DESESTIMASE la oferta básica de la empresa CALCE S.R.L. por no ser conveniente económicamente a los intereses de la Provincia.
Artículo 3º.- RECHAZASE la oferta de la empresa PEÑA CONSTRUCCIONES S.R.L. por no cumplimentar con lo estipulado en el artículo 12º inciso 12.4 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Artículo 4º.- IMPUTASE el gasto que demande la presente contratación cuyo monto asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS $ 625.890,51 de la siguiente manera: PESOS
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $ 250.000,00 en la Partida: SAF 88 - Programa 20 - Subprograma 7 - UG
11999 - Proyecto 66 - Fuente 345 - Inciso 4 - P. Pal. 2 P. Parcial 1 - Ejercicio 2005.
Artículo 5º.- La Subsecretaría de Obras Públicas preverá la inclusión de la obra en la partida presupuestaria para el resto del gasto a efectuarse en el Ejercicio 2006, cuyo monto asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA Y UN
CENTAVOS $ 375.890,51.

Dto. Nº 1016

24-06-05

Artículo 1º.- Asígnase a partir de la fecha del dictado del presente Decreto los cargos y a las Escuelas que se detallan en el Anexo I el cual forma parte integrante

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/7/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data06/07/2005

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4368

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione02/08/2024

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