Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/8/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2.- Asígnase al funcionario designado en el Artículo anterior una remuneración equivalente al cargo de Director - Clase I, Agrupamiento Personal Jerárquico, Categoría 18, del Decreto Ley N 1987.
Artículo 3.- El gasto que demande el presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20 - Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, Programa 1 - Conducción del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia.

Dto. N 815

01-06-04

Artículo 1º.- Apruébase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 60 - Ministerio de la Producción - Programa 19: Desarrollo de Actividades Comerciales e Industriales - Actividad Específica 1: Exterior e Interior y Actividad Específica 2: Promoción Industrial.
Artículo 2º.- Créanse la Dirección General de Promoción y Desarrollo, la cual dependerá de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de la Producción, y las Direcciones de Integración Regional y Zona Franca, Promoción de Actividades Productivas y Mercado, y la de Promoción del Desarrollo, todas dependientes de la Dirección General citada.
Artículo 2º.- Transfiérase la Dirección de Pymes de la Dirección General de Industria y Comercio a la Dirección General de Promoción y Desarrollo, ambas Direcciones Generales dependientes de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de la Producción, la que pasará a denominarse Dirección de Pymes y Microemprendimientos.
Artículo 4.- Apruébase la Estructura Orgánica Funcional de la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de la Producción.
Artículo 5.- Apruébanse las Misiones, Funciones y Requisitos de la Dirección General y Direcciones creadas, y modifíquense las correspondientes a la Subsecretaría de Desarrollo Económico del Ministerio de la Producción.

Dto. N 852

04-06-04

Artículo 1º.- Exceptúase de lo establecido en el artículo 19º del Decreto N 130/03, la participación de la Cra. Mónica Ivana Martínez DNI N 17.900.704, Directora de Relaciones Institucionales de la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria, dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público en el IV CURSO SOBRE
ESTIMACIONES TRIBUTARIAS por lo que corresponde se le abone los gastos de comisión, inscripción y pasajes aéreos ida y vuelta a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará en la Jurisdicción 30, SAF 30: SAF del Ministerio de Economía y Crédito Público, Programa 26: Adm. Financiera y Gerenciamiento, Actividad 3: Dirección y Coordinación de Presupuesto, Partidas 371: Pasajes personal y contratados, 372:
Viáticos Personal y contratados y 379: Otros gastos
Lunes 9 de Agosto de 2004

en comisión de servicios, Fuente de Financiamiento 111, UG: 11999, Ejercicio 2004.

Dto. N 1008

01-07-04

Artículo 1º.- Mensualízase a la señora OYOLA, Laura Daniela Andrea clase 1975 - MI N 24.463.981, en el cargo Agrupamiento A, Clase II, Grado I, Categoría 7, con 40 horas semanales de labor, Ley N 2672 modificada por Ley N 2976, para cumplir funciones como Enfermera en el Hospital Rural Sarmiento, dependiente de la Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2004.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Financiero 74 - Programa 17 - Atención Médica Sur del Presupuesto para el año 2004.

Dto. N 1017
Artículo 1º.- Mensualízase a la señorita DIAZ, Paula Lorena clase 1976 - MI N 25.011.843, en el cargo Agrupamiento B, Clase I, Grado I, Categoría 6, con 40
horas semanales de labor, Ley N 2672 modificada por Ley N 2976, para cumplir funciones como Instrumentadora Quirúrgica en el Hospital Regional Comodoro Rivadavia, dependiente de la Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2004.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Financiero 75 - Programa 21 - Atención Médica Hospital Comodoro Rivadavia del Presupuesto para el año 2004.

Dto. N 1018

01-07-04

Artículo 1º.- Mensualízase a las personas que se mencionan en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos, Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, Ley N 2672 modificada por Ley N 2976, para cumplir funciones en el Hospital Zonal Trelew dependiente de la Dirección Provincial Area Programática Trelew de la Secretaría de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2004.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 Secretaría de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Financiero Administrativo 72 - Programa 19 Atención Médica Hospital Trelew del Presupuesto para el año 2004.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/8/2004

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data09/08/2004

Conteggio pagine20

Numero di edizioni4373

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione09/08/2024

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