Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/5/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 12

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2º.- ABONESE a la firma Patagonia Ecológica S.A. la suma de pesos Veintiocho Mil Doscientos Cincuenta y Uno con sesenta centavos $
28.251,60.-.
Artículo 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en el Ejercicio 2004 jurisdicción 80- SAF 801- Fuente de Financiamiento 222- Programa 21- Partida 2-5-6 Combustibles y Lubricantes para medios de transportes.

Res. N 130

05-05-04

Artículo 1º .- MODIFICASE el Artículo 3º de la Resolución Nº 097/04-OPT, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3º .- FIJASE el pago al Veedor designado por éste Organismo en diez 10 días de viáticos a los valores asignados para su categoría de revista.-

Res. N 131

06-05-04

Artículo 1º.- AUTORIZASE a la Dirección General de Coordinación y Gestión Económica a abonar a la empresa Oscar Patiño y Asociados la suma de pesos Ocho Mil Cuatrocientos Setenta $ 8.470.00 correspondiente al alquiler de un stand en la Exposición Internacional del deporte y el turismo Invernal Expo todo Esqui 2004 a llevarse a cabo entre los días 19 al 23 de mes de mayo del corriente año en el Centro de Exposiciones del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado en el ejercicio 2004-Jurisdicción 80-SAF 801-Programa 17-Alquiler de Bienes Muebles-Ubicación Geográfica 11999- Inciso 3Partida Principal 2-Parcial 2-Fuente de Financiamiento 222.

Res. N 132

CON DIECINUEVE CENTAVOS $ 16,19 en concepto de multa por violación al Decreto N 1956/91 Artículo 22 Inc. k.
Artículo 4.- OTORGUESE a los infractores, un plazo de 30 días para el pago de la citada multa contados a partir de la notificación de la presente Artículo 28, Decreto N 1956/91 bajo apercibimiento de ejecución por incumplimiento, el que también traerá aparejado la no consideración de solicitudes similares por un período de cinco 5 años.
Artículo 5.- INFORMESE a los infractores mencionados que para hacer efectivo el pago de la multa podrán acceder al beneficio otorgado por Decreto N
1417/81 Artículos 4 y 5 y que su incumplimiento dará lugar a la paralización en el otorgamiento de guías forestales como así también al procedimiento de ejecución de la misma.
Artículo 6.- DECOMISESE acorde a lo estipulado en el Art. 23 del Decreto Provincial 1956/91, la totalidad de los productos forestales secuestrados en infracción mencionados en el presente actuado.
Artículo 7.- PROCEDASE al traslado de los productos decomisados por la presente al lugar que el jefe de la Delegación Forestal El Hoyo, crea conveniente para su correcta conservación y custodia bajo su responsabilidad, en un plazo que no excederá de los 30 días.
Artículo 8.- INSTRUYASE a los infractores que cuentan con el derecho de interponer RECURSO DE RECONSIDERACIÓN dentro de los tres 3 días a contar de la notificación por medio fehaciente de la misma y/o JERARQUICO dentro de los DIEZ 10 días, caso contrario perderán el citado derecho por no haberse utilizado en el plazo que debió ejercerlo Artículos 106, 107, 108
y siguientes de la Ley N 920 de Procedimiento Administrativo.

06-05-04

ARTÍCULO 1.- DECLARASE de Interés Turístico Provincial la marcha a caballo realizada por la ASOCIACIÓN
CULTURAL HEROÍNAS HISPANOAMERICANAS, en virtud de la importancia que reviste el mismo.

DISPOSICIONES SINTETIZADAS
DIRECCION GENERAL DE BOSQUES Y PARQUES

Disp. N 36

Viernes 21 de Mayo de 2004

28-04-04

Artículo 1.- APRUEBESE las Liquidaciones Sumariales obrantes en el Expediente N 001615-MP
Artículo 2.- APLIQUESE al Sr. JOSE ORTEGA, multa de PESOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y OCHO
CENTAVOS $ 48,58 en concepto de multa por violación al Decreto N 1956/91 Artículo 22 Inc. i e Inc. o.
Artículo 3.- APLIQUESE al Sr. RICARGO VARGAS, DNI N 13.605.444, con domicilio en paraje Entre Ríos, de la localidad de Lago Puelo multa de PESOS DIECISÉIS

Disp. N 41

09-05-04

Artículo 1.- SANCIONESE al Señor José Saldivia DNI N 14.879.160 - categoría peón de desmonte, quién cumple funciones en el Destacamento Forestal Cholila, con APERCIBIMIENTO por las irregularidades probadas en el Expediente N
1838/MP/97.
Artículo 2.- ELEVESE las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut en virtud de existir un perjuicio fiscal.
Artículo 3.- INSTRUYESE al sumariado que cuenta con el derecho de interponer RECURSO DE
RECONSIDERACIÓN dentro de los tres 3 días a contar de la notificación por medio fehaciente de la misma y/o JERARQUICO dentro de los diez 10
días, caso contrario perderá los citados derechos por no haberse utilizado en el plazo que debió ejercerlos.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/5/2004

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data21/05/2004

Conteggio pagine20

Numero di edizioni4356

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione17/07/2024

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