Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 29/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 42
Jueves, 29 de febrero de 2024
Pág. 37


m2, la de la finca registral 6.500 m2 y la de la parcela catastral de referencia 6.733 m2, la cual debe proceder a subsanar, en su caso, el titular del suelo.
5. Con fecha 19 de julio de 2023 anotación de salida núm. 14607, el concejal-delegado de Urbanismo solicitó informe preceptivo previo a la aprobación inicial del Estudio de Detalle de referencia al Servicio Provincial de Costas, de la Demarcación de Costas de Andalucía-Mediterráneo. Dicho servicio emitió informe de fecha 22 de noviembre de 2023, en el que se informó favorablemente la aprobación inicial del Estudio de Detalle situado entre la Avenida de Alemania y la Plaza de Malta de Roquetas de Mar.
Entre las consideraciones contenidas en dicho informe, se precisa, en relación a la formación de pantallas arquitectónicas, que debe tenerse en cuenta que la disposición y altura de las edificaciones que se propongan debe realizarse de forma armónica con el entorno, sin limitar el campo visual ni desfigurar la perspectiva del borde litoral.
6. Con fecha 17 de enero de 2024, el técnico responsable de la Unidad de Adquisición de Suelo y Transformación Urbanística emite informe jurídico favorable a la aprobación inicial del Estudio de Detalle.
II. LEGISLACIÓN APLICABLE Y CONSIDERACIONES JURÍDICAS
1. Es de aplicación el Plan General de Ordenación Urbanística de Roquetas de Mar, que fue aprobado mediante Orden del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio de 3 de marzo de 2009 B.O.J.A. núm. 126, de 1 de julio de 2009, y su Texto de Cumplimiento aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Urbanismo de 20 de enero de 2010 y Orden de la Consejera de Obras Públicas y Vivienda de 24 de junio de 2010 B.O.J.A. núm. 190 de 28 de septiembre de 2010.
2. Artículo 78 y ss. De la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía LISTA.

4. Artículo 9.1.a de la Ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía.
5. Artículo 25.2 a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
6. Artículos 21.1 j y 22.2 c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación a lo dispuesto en el artículo 47.1 en cuanto a la adopción de los acuerdos por los Órganos de Gobierno del Ayuntamiento.
En este caso, la aprobación inicial de este instrumento corresponde a la Junta de Gobierno Local por delegación de la AlcaldíaPresidencia, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 21 de junio de 2023 y de 28 de junio de 2023, por el que se modifica el anterior B.O.P. núm. 124, de 30 de junio de 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.3 en relación al citado artículo 21.1 j de la Ley 7/1985, de 2 de abril, redactado por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local.
En todo caso, el acuerdo municipal de aprobación del presente Instrumento complementario de la ordenación urbanística requiere de informe previo de la Secretaría General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.d.7º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Por todo lo cual, en virtud de las competencias que me han sido delegadas, PROPONGO que, por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, se ACUERDE lo siguiente:
1º Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle para la agrupación de las parcelas R-7 y R-8 del Sector 18 del vigente P.G.O.U. de Roquetas de Mar Almería, que se corresponden con la parcela con referencia núm.
5198902WF3659N0001UO y la finca registral núm. 98948 del Registro de la Propiedad de Roquetas de Mar Nº 3 si bien con las discrepancias entre las superficies indicadas en el Antecedente núm. 4 de la presente; E.D. 2023-02.
2º Someter dicho Estudio de Detalle a información pública por plazo de veinte días, de conformidad con los artículos 78 de la LISTA y 112.1.b del RGLISTA, mediante edicto en el B.O.P. de Almería, Tablón Municipal de Edictos, página web municipal y redes sociales; y se notificará a propietarios y colindantes.
3º Acordar la suspensión del otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para las áreas concretas o usos determinados a los que se afecte el instrumento, por plazo máximo de un año desde el acuerdo de aprobación inicial. Dicha suspensión se extinguirá con la publicación y entrada en vigor del instrumento complementario de la ordenación urbanística. Todo ello de conformidad con los artículos 78.2 de la LISTA y 103 del RGLISTA.
La Junta de Gobierno Local ha resuelto APROBAR la Proposición en todos sus términos.
Lo que se hace saber para su general conocimiento.
En Roquetas de Mar, a dos de febrero de dos mil veinticuatro.
EL CONCEJAL DELEGADO DE ÁREA, José Luis Llamas Uroz.


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3. Artículo 94 y arts. 98 y ss. Del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía RGLISTA, así como las particularidades contenidas en el artículo 112 de dicho Reglamento, todo ello en relación al procedimiento para la aprobación del presente instrumento complementario de la ordenación urbanística.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 29/2/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaeseSpagna

Data29/02/2024

Conteggio pagine38

Numero di edizioni6247

Prima edizione26/04/1999

Ultima edizione28/06/2024

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