Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 25/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 206
Viernes, 25 de octubre de 2019
Pág. 41


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
4104/19

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 6 DE ALMERIA
N.I.G.: 0401342C20170005195
Procedimiento: Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 672/2017. Negociado: CL
Sobre: Derecho de Familia: otras cuestiones De: YERALDÍN CORTÉS MARÍN
Procurador/a: Sr/a. MARÍA DOLORES ORTIZ GRAU
Letrado: Sr/a.
Contra: GABRIEL JAIME GARCÍA PARRA
Procurador/a: Sr/a.
Letrado: Sr/a.

En el procedimiento Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 410/2012 seguido en el JUZGADO DE 1
INSTANCIA N 6 DE ALMERÍA ANTIGUO MIXTO N 10 a instancia de DÑA. YERALDÍN CORTÉS MARÍN contra D. GABRIEL
JAIME GARCÍA PARRA, se ha dictado la sentencia de fecha 28 de junio de 2019 contra la que se podrá interponer recurso de apelación que se presentará por medio de escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a la notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en el artículo 458 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando dicha resolución a su disposición en las oficinas de este Juzgado.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 Euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso el tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009 de 3 de Noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5º de la Disposición Adicional Decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado D. GABRIEL JAIME GARCÍA PARRA, extiendo y firmo la presente en Almería, a 9 de julio de 2019.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María Gádor Lupión Salmerón.
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a las derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."


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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 25/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Almería

PaeseSpagna

Data25/10/2019

Conteggio pagine41

Numero di edizioni6268

Prima edizione26/04/1999

Ultima edizione29/07/2024

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